02.03.2020 Views

GONZÁLEZ LAGIER-Emociones sin sentimentalismo

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Guillermo Lariguet

idea de que, por la vía de emociones captamos valores, como

diría, por caso, el ético material de los valores, Daniel diría

que los valores son criterios independientes de evaluación de

la corrección o adecuación de una emoción y no meros fluidos

que se impregnan en nuestras emociones. Esto hace de Daniel,

en mi opinión, un anti-estoico pues, estos filósofos, creían en

las impresiones “catalépticas”. O sea, en las percepciones que

“aprehendían” la verdad tal cual era.

Ahora bien, para Daniel González Lagier, tales valores

correctos no pueden resumirse en un listado de “meras creencias

intersubjetivas” porque ello, pese al atractivo que ejerce

esta idea, podría conducir a una forma larvada de relativismo

moral; relativismo que, nuestro autor quiere conjurar. Esto

me conduce a preguntarme si Daniel, después de todo, no

termina siendo un “realista moral”. Pues, sus valores correctos

son independientes ontológicamente, al parecer, de quienes

perciben, sienten emociones o hacen juicios morales. Más aún,

la condición justificatoria la otorgan los valores correctos, no

las emociones. Para Daniel González Lagier las emociones

pueden figurar como “advertencias”, de modo semejante a

como, para el finado Bernard Williams, los deseos en conflicto

eran signos o señales de la existencia real de un dilema moral.

Pero una advertencia no es igual a una aprehensión verdadera.

El tema del realismo moral supuestamente implicado por

el pensamiento de Daniel podría ser provocador para alguien

como él, que se siente cómodo con una noción coherentista

de verdad moral. Por eso voy a rechazar esta interpretación.

Además, forzoso es admitir que los valores correctos de un

juez no tienen que ser, en principio, de la misma clase que los

valores correctos generales que incumben a un agente moral

ordinario no ceñido por instituciones jurídicas. Tales valores

correctos, atento a esta argumentación, podrían ser los valores

26

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!