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Manual para la Elaboración de los Planes de Desarrollo Municipal 2022 - 2024

Manual para la Elaboración de los Planes de Desarrollo Municipal 2022 - 2024 Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de México

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Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de México

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Manual para la elaboración de los

Planes de Desarrollo Municipal

Los procesos de planeación se encuentran institucionalizados, otorgando vigencia a la

coordinación entre los órdenes de gobierno, así como a la participación ciudadana. Se

reconoce que los municipios posibilitan una pronta y eficaz respuesta a las demandas de

la población, dotándola de servicios básicos, así como el desarrollo de infraestructura y

comunicaciones; lo que insta a un trabajo coordinado de la administración municipal y

subraya la labor de las tesorerías y las UIPPES municipales, en el diseño de un Plan de

Desarrollo estratégico de largo plazo y coherente con el contexto local.

Así, el desarrollo e integración de planes estratégicos municipales habrán de estar

dirigidos a la consolidación de objetivos en el corto, mediano y largo plazo, soportados

con estrategias y líneas de acción que den rumbo a la implementación, seguimiento y

evaluación de los mismos.

El marco constitucional relativo al Federalismo Mexicano, estipula en el Artículo 39 de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que:

194

La Soberanía Nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo

poder público dimana del pueblo y se constituye para beneficio de éste. El

pueblo tiene en todo el tiempo el derecho inalienable de alterar o modificar

la forma de gobierno.

Dicho de otro modo, la soberanía equivale al derecho a gobernar. En ese sentido, dice el

Artículo 40 de la Constitución Política:

Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república representativa,

democrática, laica y federal, compuesta de Estados libres y soberanos en

todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación

establecida según los principios de esta ley fundamental.

Finalmente, el artículo 115 de la citada constitución, establece que:

Los Estados adoptarán para su régimen interno la forma de gobierno

republicano, representativo, laico y popular, teniendo como base su división

territorial y de su organización política y administrativa al Municipio Libre (…)

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