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MANUAL DE CONVIVENCIA COLEGIO NUESTRA SEÑORA DE ...

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<strong>COLEGIO</strong> <strong>NUESTRA</strong> <strong>SEÑORA</strong> <strong>DE</strong> LAS MERCE<strong>DE</strong>S<br />

<strong>MANUAL</strong> <strong>DE</strong> <strong>CONVIVENCIA</strong> ESCOLAR<br />

APROBADO POR EL CONSEJO DIRECTIVO EL 28 <strong>DE</strong> OCTUBRE - AÑO 2010-<br />

TITULO I<br />

CONSI<strong>DE</strong>RACIONES GENERALES <strong>DE</strong>L <strong>MANUAL</strong> <strong>DE</strong> <strong>CONVIVENCIA</strong><br />

CAPITULO 1<br />

FUNDAMENTACIÓN LEGAL<br />

Artículo 1: Disposiciones legales.<br />

El Colegio Nuestra Señora de la Mercedes, es una institución educativa que se rige por las leyes 115<br />

del 94 y 715 del 2001 y sus normas reglamentarias, organizada para la prestación del servicio<br />

educativo en los niveles de educación preescolar, básica y media.<br />

Artículo 2: Fundamentación legal del manual de convivencia:<br />

a. Constitución Política de Colombia, Artículos 29 y 189.<br />

b. Ley 115 de 1994, Artículos 73 y 87. “Artículo 87º.- Reglamento o manual de convivencia. Los<br />

establecimientos educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia, en el cual se<br />

definan los derechos y obligaciones de los estudiantes. Los padres o tutores y los educados al<br />

firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando el<br />

mismo. Ver: Artículo 17 Decreto Nacional 1860 de 1994 Sentencia C 386 de 1994 Corte<br />

Constitucional”.<br />

c. Ley de la Infancia y Adolescencia del año 2006: Artículo 9: En cuanto a la prelación de los<br />

derechos del niño, la niña y adolescentes: Artículo 15: en cuanto al ejercicio responsable de los<br />

derechos, Artículo 18 y 20: en cuanto a la protección del menor ante cualquier forma de<br />

maltrato, Artículo 26: en lo que respecta al debido proceso en lo académico y de<br />

normalización, Artículo 28 y 29: sobre el derecho inalienable a la educación, Artículo 31: sobre<br />

el derecho a la participación, Artículo 33: sobre el derecho a la intimidad y la protección de sus<br />

datos personales, Artículo 37: sobre el favorecimiento de los principios de libertades<br />

constitucionales, Artículo 42 al 44: sobre obligaciones de las instituciones educativas, Artículo<br />

45: sobre la prohibición de sanciones crueles o degradantes y Artículo 151: sobre el debido<br />

proceso y las garantías procesales.<br />

d. Ley 734 de 2002 por la cual se establece el código disciplinario único de servidores públicos.<br />

e. Ley 715 de 2002, Artículo 10 por la cual se establece las nuevas funciones del Rector<br />

f. Ley 769 de 2.002 Artículo 84 Normas para el transporte de estudiantes: “En el transporte de<br />

estudiantes, los conductores de vehículos deberán garantizar la integridad física de ellos<br />

especialmente en el ascenso y descenso del vehículo. Los vehículos de transporte especial de<br />

estudiantes llevarán en el vehículo señales preventivas, las cuales usarán conforme lo<br />

establezca el Ministerio de Transporte”. Las autoridades de tránsito darán especial prelación a<br />

la vigilancia y control de esta clase de servicio.<br />

g. Decreto 1860 de 1994, Artículo 17: “REGLAMENTO O <strong>MANUAL</strong> <strong>DE</strong> <strong>CONVIVENCIA</strong>. De<br />

acuerdo con lo dispuesto en los artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994, todos los<br />

establecimientos educativos deben tener como parte integrantes del proyecto educativo<br />

institucional, un reglamento o manual de convivencia”.<br />

h. Decreto 1290 de 2009 Reglamentación de la evaluación del aprendizaje y promoción de los<br />

estudiantes de los niveles de educación básica y media<br />

i. Sentencia 450 de 1992: “El artículo 5 de la Constitución ampara a la familia como institución<br />

básica de la sociedad. En el seno de la familia el niño descubre y aprende por primera vez a<br />

conocer el mundo. De ahí la función primordial asignada a los padres en la educación de sus<br />

hijos, con los derechos y las obligaciones que su cumplimiento impone para el desarrollo<br />

armónico e integral del menor y el ejercicio pleno de sus derechos<br />

j. SENTENCIA CORTE CONSTITUCIONAL 492 de 2010: “Numeral 3.4.2. La educación como<br />

derecho deber - reiteración de jurisprudencia.<br />

k. La jurisprudencia de la Corte Const itucional ha establecido a part ir de la Sentencia T-02 de

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