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EL UTILITARISMO TÍMIDO DE SAMUEL PUFENDORF

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<strong>EL</strong> <strong>UTILITARISMO</strong> <strong>TÍMIDO</strong> <strong>DE</strong> SAMU<strong>EL</strong> <strong>PUFENDORF</strong> 297<br />

-hablando estrictamente- leyes, mientras que no hayan sido asumidas<br />

por la legislación civil de un poder soberan0 22 . Forman<br />

parte de la moral, obligan 23 , pero carecen de fuerza ya que su<br />

cumplimiento queda al albur de los deseos del hombre 24 .<br />

No resulta fácil aclarar la relación de estos dos planteamientos<br />

hobbesianos, aparentemente tan distintos. Como es lógico, han<br />

sido objeto de numerosas polémicas entre los intérpretes de la<br />

obra del filósofo inglés 25 . Quizá éste sintió reparos para formar<br />

una teoría moral sólo a partir de los deseos y pasiones humanas y<br />

añadió a la divinidad para que su construcción racionalista<br />

contuviese un elemento normativ0 26 . Es bastante importante caer<br />

en la cuenta de que la mitad del Leviathan, una obra extensa, está<br />

dedicada a cuestiones relacionadas con la Teología y la religión.<br />

Tal vez eso indique que el recurso al mandato divino no es una<br />

salvaguarda hipócrita ante posibles y probables ataques. Sin<br />

embargo, me parece que el fundamento efectivo de su filosofía<br />

práctica es la utilidad individual, pues es el interés particular el<br />

que construye la sociedad y da sentido a los pactos 27 . Hobbes<br />

22. Vid. Leviathan, p. 11, cap. XXVI, pág. 253.<br />

23. Vid. Leviathan, p. 11, cap. XXVI, 7, págs. 271-176.<br />

24. Vid. Leviathan, p. 11, cap. XXVI, 7, págs. 271-176. La necesidad de<br />

autoridad civil para asegurar las leyes de la naturaleza no era original del autor<br />

inglés, ni mucho menos, sino que pertenece a la tradición del ius commune.<br />

25. Vid. la discusión que hace W ATKINS de la postura de quienes mantienen<br />

la obligatoriedad moral de la teoría hobbesiana y la incompatibilidad de<br />

esas doctrinas con sus explicaciones psicológicas del comportamiento humano.<br />

Vid. Hobbes' System of Ideas, cit., págs. 85 y ss.<br />

26. M. Malherbe señala la ambivalencia de Hobbes: la utilidad representa<br />

el papel protagonista y el elemento clave de la moral es el propio interés,<br />

aunque la moral también se fundamente en el poder divino. Vid. Thomas<br />

Hobbes ou l'oeuvre de la raison. J. Vrin, Paris 1984, págs. 157-158 y 163.<br />

27. Siglos después, John Austin escribirá que la clave auténtica de la obra<br />

de Hobbes era la utilidad individual y lo criticará por no haberse desembarazado<br />

del contrato social, y no atreverse a fundamentar expresamente la<br />

obligación y todo su sistema jurídico político en la percepción ciudadana de la<br />

utilidad que les porporciona la existencia del poder político. Vid. Lectures on<br />

Jurisprudence or the Philosophy of Positive Law. Dos vols. John Murray,

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