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EL UTILITARISMO TÍMIDO DE SAMUEL PUFENDORF

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<strong>EL</strong> <strong>UTILITARISMO</strong> <strong>TÍMIDO</strong> <strong>DE</strong> SAMU<strong>EL</strong> <strong>PUFENDORF</strong> 315<br />

moral del Derecho, porque éste sólo tiene origen en la voluntad<br />

de los hombres, por otro, el fundamento de esos acuerdos no es<br />

otro que la ley natural que manda cumplirlos por la utilidad que<br />

proporcionan 81 . A pesar de todo, encontramos dispersas por los<br />

De Jure Naturae et Gentium libri octo algunas referencias a las<br />

limitaciones objetivas que impone el Derecho natural: por ejemplo,<br />

en el caso del matrimonio, la prohibición del incesto o la<br />

bigamia 82 .<br />

Es patente lo cercano que está el alemán de las doctrinas de<br />

Hobbes. Este cimentó su Leviathanen las "pasiones", entre las<br />

cuales la autoconservación tenía la primacía, sin que explicara<br />

muy bien por qué 83 . Pufendorf, aunque habla un idioma filosófico<br />

más tradicional, se limita finalmente a presentar el deseo de<br />

autoconservación, idéntico a la "pasión" hobbesiana, como el<br />

principio fundamental de su sistema filosófico. En efecto, Pufendorf<br />

no presenta a un hombre "social", sino a un ser que se hace<br />

social para proteger mejor sus intereses particulares. La utilidad<br />

individual y no la sociabilidad es la razón última de su teoría 84 .<br />

81. Con un talante menos individualista, Pufendorf había afinnado en sus<br />

Elementorum Jurisprudentiae Univerales libri duo que la sociabilidad humana<br />

fundamenta la obligación de cumplir los pactos, pues si no se respeta la fe en<br />

los convenios, esa sociabilidad no es posible. Cfr. ed. cit., lib. 1, def. xn, § 15-<br />

16 (págs. 97-99).<br />

82. Vid. por ejemplo, De Jure Naturae ... , cit., lib. VI, cap. 1, § XXXII,<br />

págs. 99 y ss. del vol. 11 de la ed. cit.<br />

83. Sobre la relevancia de las "pasiones" en la construcción de los<br />

modelos jurídico-políticos modernos, vid. M. CALVO, La teoría de las<br />

pasiones y el dominio del hombre. Prensas Universitarias, Zaragoza, 1989,<br />

págs. 105 Y ss.<br />

84. Esta es la interpretación de L. KRIEGER, The Politics 01 Discretion.<br />

Pulendorf and the Acceptance 01 Natural Law. cit., págs. 92-94. En las páginas<br />

117 -118 leemos que la base de la política de Pufendorf es "neither nature nor<br />

sociabiliy nor necesity but a voluntary action by man for sorne utility which he<br />

will derive from it for himself'. De una fonna similar piensa V. FIORILLO:<br />

.Tra egoismo e socialita. Il Giusnaturalismo di Samuel Pulendorf Jovene,<br />

Napoli 1992, págs. 44, donde destaca que la socialitas de Pufendorf es un concepto<br />

"saldamente ancorato ád una componente umana egoistica ed appro-

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