EL UTILITARISMO TÍMIDO DE SAMUEL PUFENDORF
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<strong>EL</strong> <strong>UTILITARISMO</strong> TiMIDO <strong>DE</strong> SAMU<strong>EL</strong> <strong>PUFENDORF</strong> 319<br />
Además, algunos de los officia que el hombre tiene para consigo<br />
no dimanan de su arbitrio, sino que manan de la religión y de la<br />
sociabilidad conjuntamente 95 . Esto es cierto, ya que, tal y como<br />
están expuestos en su obra, esos deberes no se derivan de la<br />
socialitas; pero entonces no parece tener mucho sentido erigir a la<br />
sociabilidad dirigida a la autoconservación como el fundamento<br />
exclusivo de la ley natural 96 . Lo cierto es que las palabras del<br />
Pufendorf pueden dar a entender que el auténtico fundamento de<br />
su teoría es el mandato divino tal y como han señalado diversos<br />
autores 97 . Incluso algunos que consideran el amor propio como el<br />
95. "Officia hominis erga seipsum ex religione et socialitate coniunctim<br />
promanant. Ideo enim quaedam non pro absoluto suo libitu homo circa<br />
seipsum disponere potest". De officiis, lib. 1, cap. I1I, § XI, pág. 30.<br />
96. Esta contradicción ya fue señalada por Johann Joachim ZENTGRA V en<br />
sus Origines Juris naturalis Secundum Disciplinam Christianorum. Argentorati,<br />
1681, controversia V, § 2, págs. 78-79.<br />
97. Cfr. H. <strong>DE</strong>NZER, Moralphilosophie u!ld Naturrecht bei Samuel<br />
Pufendorf, cit., pág. 140. Denzer entiende que la noción de obligación es una<br />
de las claves del pensamiento de Pufendorf; en cambio desestima como tal la<br />
idea de un derecho ilimitado a todas las cosas al estilo hobbesiano. Cfr.<br />
Moralphilosophie ... , págs. 86 y 145. Cfr igualmente, M. DIESS<strong>EL</strong>HORST, Zum<br />
Vermogenrechtssystem Samuel Pufendorf Otto Schwartz & Co. Gottingen,<br />
1976, págs. 10, 13-14,24. A. DUFOUR ha percibido lapresencia de rasgos<br />
utilitaristas en el pensamiento de Pufendorf, aunque señala que éste los<br />
consideró insuficientes para fundamentar su explicación de la moral; por eso,<br />
otorgó'la fuerza obligatoria al mandato divino. Cfr. su estudio, Le mariage<br />
dans I'École Allemande du Droit Naturel Modeme au XVIII siecle, cit., pág.<br />
129. K. Sastaamoinen presenta la misma opinión en su libro The Morality of<br />
the Fallen Man. SHS., Helmsinki 1995, págs. 38, 66 y ss. La tesis de este autor<br />
es que el fundamento de Pufendorf no está en la utilidad sino en un Derecho<br />
natural -identificado con el mandato divino- de raíz luterana. En un sentido<br />
parecido cfr. la postura de Th. BEHME en Gegensiitzliche Einjlüsse in Pufendorfs<br />
Naturrecht, en Samuel Pufendorf und die europiiische Frühaufkliirung,<br />
cit., págs. 76 y ss.