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agricultura

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3oa<br />

costó. La yegua y la burra, echadas al natural, aumentan sus<br />

productos, no se esterilizan, y las hembras de su especie reem­<br />

plazan á las madres en su ancianidad: la oveja, el cerdo, y<br />

las hembras de todos los animales domésticos, le son mas úti­<br />

les porque con ellas crece su patrimonio; pero la muía qué<br />

le dexa? pesadumbres, si por qualquier accidente se le desgra­<br />

cia; nunca ganancia ni utilidad alguna, puesto que todo lo con­<br />

sume para sí.<br />

¿Qué,remedio pues á tantos males? ¿qué? cerrar los oidos á<br />

las reclamaciones impertinentes, y por una justa providencia<br />

castrar en un dia todos los garañones destinados hoy á la pro­<br />

pagación de la destructora muía, y mandar que todas las bes-<br />

fias mulares que naciesen después de cumplido un año de la pu­<br />

blicación de la ley se maten por mano del executor de la justi­<br />

cia cargando por miles los derechos de las que entrasen en Es­<br />

paña del extrangero. De este modo se cortaría de raiz el mal<br />

que nos agobia, y de este modo empezaría á renacer la labran­<br />

za. Sin otra providencia, sin mas coartación ni reglas que las<br />

que dictase á cada uno su propio interés, es bien seguro que se<br />

cruzarían las castas caballares, se mejorarían las razas, y así<br />

en los caballos como en los bueyes se tocarían ventajas en ade­<br />

lante , y se veria con la mayor satisfacción reproducirse el me­<br />

recido crédito de nuestros hermosos caballos.<br />

Mas para que la especie caballar tenga los debidos aumen­<br />

tos y crezcan hasta el grado que corresponde á su clase , es ab­<br />

solutamente preciso gobernarla baxo aquella ley general que<br />

preside ó debe presidir al todo de la Agricultura de que es par­<br />

te ; á saber, favorecer por todos los medios y con la mayor efica­<br />

cia el consumo interior de los frutos, promover la exportación de<br />

los sobrantes, y velar en. que una justa y prudente libertad, uni­<br />

da á la remoción de las trabas y formalidades á que se sujeta<br />

á los colonos y cultivadores, los aliente; sirviéndoles de estímulo<br />

el gustoso exercicio de una profesión libre.<br />

Esta ley, que es con la que se vivifica el gran cuerpo de la<br />

Agricultura , y que hace resucite la abundancia en los Estados,<br />

como dixo Don José García de León y Pizarro en su discurso di­<br />

rigido á la prosperidad y mejora de la cria de los caballos , es<br />

la misma qué debe ser el cimiento sobre que descansen todas las<br />

medidas que se tomen, para reparar y volver á su primitivo ser<br />

la importante cria del ganado yeguar.<br />

Con efecto prohibida absolutamente la facultad de echar las<br />

yeguas al contrario, ó lo que es lo mismo de cubrirlas con borri­<br />

co, pocas ó ningunas reglas, y mucho menos condiciones ni obli­<br />

gaciones deberán imponerse al labrador ganadero; antes por el

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