Fundamentos Teóricos
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ser vista desde distintas ópticas, tantas<br />
como los matices indispensables en la explicación<br />
de cada fenómeno discriminatorio.<br />
En principio, discriminar significa diferenciar,<br />
distinguir. Es pues, una situación<br />
que necesita por lo menos de dos.<br />
Sin embargo, tal vez lo realmente relevante<br />
para comprender a cabalidad la dimensión<br />
de este fenómeno no es el puro<br />
hecho de diferenciar, que en sí mismo es<br />
un acto neutro, sino los motivos que originan<br />
esa diferenciación (se puede distinguir<br />
a alguien en reconocimiento de<br />
sus méritos). La discriminación que se<br />
estudia en este trabajo es aquella que se<br />
presenta en detrimento de una persona<br />
o grupo de personas a causa de prejuicios,<br />
estereotipos, miedo, odio, en una<br />
palabra, por ignorancia.<br />
El espíritu de la palabra discriminación<br />
también incluye otra noción: injusticia.<br />
En efecto, discriminar a una persona o a<br />
un grupo social consiste en privarle de los<br />
mismos derechos que disfrutan otras personas<br />
o grupos sociales”.<br />
3.1 La Discriminación en México<br />
Hasta hace poco tiempo, en nuestro país no<br />
se reconocía explícitamente la existencia de<br />
la discriminación.<br />
Podemos considerar, entonces, como<br />
un avance de la mayor importancia la reforma<br />
realizada en 2001 al Artículo 1° de<br />
la Constitución Política de los Estados Unidos<br />
Mexicanos, cuyo párrafo tercero prohíbe<br />
la discriminación. De este modo, a<br />
158 • CAPITULO III<br />
partir de entonces en México la no discriminación<br />
es un derecho fundamental de<br />
todas y todos.<br />
Luego de este logro era indispensable<br />
que la legislación secundaria reglamentara<br />
lo que hoy se reconoce como una garantía<br />
constitucional: el derecho a no ser discriminados.<br />
México mostró su voluntad<br />
de continuar avanzado en su lucha contra<br />
todo tipo de trato discriminante y atentatorio<br />
de los derechos, con la promulgación<br />
de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar<br />
la Discriminación el 11 de junio del 2003.<br />
“Para los efectos de esta Ley se entenderá<br />
por discriminación toda distinción,<br />
exclusión o restricción que, basada en el<br />
origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad,<br />
condición social o económica,<br />
condiciones de salud, embarazo, lengua,<br />
religión, opiniones, preferencias sexuales,<br />
estado civil o cualquier otra, tenga por<br />
efecto impedir o anular el reconocimiento<br />
o el ejercicio de los derechos y la igualdad<br />
real de oportunidades de las personas”.<br />
3.2 ¿Qué actos pueden ser<br />
discriminatorios?<br />
El Artículo 9 de la Ley Federal para Prevenir y<br />
Eliminar la Discriminación especifica varios<br />
actos discriminatorios, como por ejemplo:<br />
120 Primer Certamen Universitario de Ensayo. La Discriminación<br />
en México. CONAPRED, UNAM. Zapata Pérez, Roberto.<br />
Dialugus o el fuego del vacío. La Discriminación. Un acercamiento<br />
a la noción. p. 68<br />
121 Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.<br />
Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación<br />
(CONAPRED). 2004.