parte ii evaluacion y formulacion integral del territorio - Amagá
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ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE AMAGA 173<br />
• Para predios con dimensiones menores de las especificadas en cada sector o<br />
subsector, existentes con anterioridad a la sanción <strong>del</strong> presente Acuerdo en los<br />
cuales se exija aislamiento, se tendrá en cuenta la siguiente proporción:<br />
- Aislamiento lateral o posteriores: Un metro de aislamiento por cada metro de altura<br />
de la construcción propuesta, sin sobrepasar las alturas permitidas en el sector o<br />
subsector.<br />
• SOTANOS Y SEMISOTANOS, Se permitirán a los sectores y subsectores<br />
indicados explícitamente.<br />
A - Sótanos: Totalmente subterráneos, sus rampas tendrán una pendiente máxima<br />
<strong>del</strong> 20% y no podrán ocupar el espacio público.<br />
B - Semisótanos: Parcialmente subterráneos, sus rampas tendrán una pendiente<br />
máxima <strong>del</strong> 20% y no podrán ocupar el espacio público -<br />
C - El nivel <strong>del</strong> piso fino inmediatamente superior no podrá estar a más de 1.30 Mts.<br />
Sobre el nivel <strong>del</strong> sardinel de la vía .<br />
• En los sótanos y semisótanos solo se permiten parqueaderos , depósitos y<br />
cuartos de máquinas, estos y sus circulaciones , no serán tenidos en cuenta para<br />
los índices de ocupación y construcción, pero sí como área construida para la<br />
liquidación de lo impuestos pertinentes.<br />
• VOLADIZOS, Sobre vías: Los indicados serán los máximos.<br />
Laterales : Los indicados serán los máximos - No se permiten dentro de los<br />
aislamientos.<br />
Posteriores: Los indicados: No se permiten dentro de los aislamientos posteriores<br />
menores de 5 metros.<br />
• PATIOS, Para unifamiliares o bifamiliares: área mínima: 9m 2 - Lado mínimo 3<br />
metros<br />
Para multifamiliares: área mínima:16m 2 -Lado mínimo 4 metros.<br />
• CERRAMIENTO DEL PREDIO, Todos los predios dentro <strong>del</strong> municipio<br />
deberán estar amojonados, determinados y definidos por cerramientos acordes<br />
con las escrituras vigentes y de común acuerdo entre los propietarios.