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dof-semarnat-080313-ropnf2013 - InfoRural.com.mx

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Viernes 8 de marzo de 2013 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección)<br />

B2.2 Conservación de la biodiversidad.<br />

Se otorgan apoyos para promover la<br />

conservación de la biodiversidad (flora y fauna<br />

silvestre) en ecosistemas forestales y sistemas<br />

agroforestales con cultivos bajo sombra.<br />

• El polígono propuesto donde se aplicarán los apoyos<br />

deberá tener ecosistemas forestales en buen estado<br />

de conservación.<br />

• Las personas solicitantes productores de café<br />

deberán estar registrados en el Padrón Nacional<br />

Cafetalero y las personas solicitantes productoras de<br />

cacao en el Padrón Nacional Cacaotero integrados<br />

por ASERCA; ambos deberán anexar el listado de<br />

las personas integrantes indicando el nombre,<br />

número de registro, superficie acreditada y<br />

solicitada. Las personas solicitantes productoras de<br />

palma camedor, deberán presentar el permiso de<br />

aprovechamiento forestal no maderable autorizado<br />

por la SEMARNAT.<br />

CRITERIOS DE RESOLUCION DEL TRAMITE (POBLACION OBJETIVO)<br />

• Sólo serán sujetos de apoyo los propietarios o poseedores de predios ubicados dentro del área<br />

prioritaria o zona de elegibilidad publicada en la página de internet de la CONAFOR para el ejercicio<br />

fiscal que corresponda a estas reglas de operación.<br />

Podrán solicitar apoyos aún fuera de las áreas prioritarias o zonas elegibles establecidas por la<br />

CONAFOR, los propietarios o poseedores de predios con sistemas agroforestales de cultivos bajo<br />

sombra y las superficies o áreas que provengan de predios certificados en el buen manejo forestal.<br />

• La zona de elegibilidad se clasificará en áreas con pago diferenciado considerando <strong>com</strong>o base los<br />

ecosistemas forestales y el Indice de Presión Económica a la Deforestación del Instituto Nacional de<br />

Ecología, conforme a la descripción técnica que la CONAFOR publique en su página de internet<br />

durante la convocatoria. El pago diferenciado y la modalidad de apoyo se determinará conforme a la<br />

ubicación de la mayor proporción de superficie del polígono propuesto respecto a la clasificación de<br />

áreas con pago diferenciado de la zona de elegibilidad que la CONAFOR publique, excepto para las<br />

personas solicitantes con sistemas agroforestales de cultivos bajo sombra, los cuales serán<br />

considerados dentro del área 5 de pago diferenciado y para los solicitantes cuyos predios propuestos<br />

cuenten con certificación de buen manejo forestal y están fuera de las zonas de elegibilidad, mismos<br />

que serán considerados dentro del área 3 de pago diferenciado. Para predios con programa de<br />

manejo forestal maderable vigente, serán elegibles las áreas de corta que durante la vigencia del<br />

apoyo no se tenga programada la intervención, exceptuando los predios que cuenten con la<br />

certificación de buen manejo forestal nacional o internacional, en los que será elegible toda la<br />

superficie que cumpla con los criterios de cobertura y que durante la vigencia del apoyo no tenga<br />

programada la aplicación de tratamientos de matarrasa o árboles padres.<br />

• El interesado deberá entregar junto con su solicitud copia del oficio de autorización expedido por la<br />

SEMARNAT y copia del polígono georreferenciado donde señale la ubicación tanto de las áreas de<br />

corta <strong>com</strong>o de las áreas propuestas para el pago de servicios ambientales, atendiendo a los<br />

parámetros señalados en la fracción XV del artículo 2 de estas reglas de operación.<br />

• La CONAFOR podrá destinar recursos al pago de servicios ambientales a través de los “Lineamientos<br />

de Fondos Concurrentes para Promover el Mercado de Servicios Ambientales 2013” que se<br />

publicarán en la página de CONAFOR.

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