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¿QUÉ SON LOS OTEC Y OTIC?<br />

OTEC<br />

Los Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC) son<br />

instituciones acreditadas por SENCE (Servicio Nacional<br />

de Capacitación y Empleo) que tienen la exclusividad<br />

para ejecutar actividades de capacitación que puedan<br />

ser imputadas a la franquicia tributaria.<br />

OTIC<br />

Los Organismos Técnicos Intermedios para<br />

Capacitación (OTIC) son organismos que administran<br />

para capacitación parte o todo del 1% de<br />

remuneración imponible de sus empresas afiliadas.<br />

Además, sirven de nexo entre la empresa y el OTEC. La<br />

adhesión a un OTIC es de carácter voluntario. El OTIC<br />

cobra una comisión que se descuenta del 1% para<br />

capacitación que aporta la empresa adherida.<br />

Los únicos cursos no ejecutados por un OTEC que podrán imputarse a la franquicia tributaria son los<br />

cursos internos y los interempresas. Los cursos internos son actividades de capacitación realizadas<br />

por un relator / facilitador que puede ser interno (personal de la empresa) o externo. El dueño o<br />

socio no puede ser el relator / facilitador. En el curso interempresa dos o más empresas capacitan en<br />

conjunto a sus trabajadores, pero una hace de cabeza y realiza la tramitación ante el SENCE. Ambos<br />

instrumentos son accesibles a cualquier empresa que sea sujeto de franquicia tributaria.<br />

El valor de la hora SENCE<br />

El SENCE fije el monto máximo por hora<br />

cronológica que subsidia, por cada asistente a<br />

una capacitación. El valor hora por participante<br />

para el año 2013 es de $4.000.<br />

Por ejemplo, usted desea realizar un curso de<br />

capacitación cuyo valor hora por participante es<br />

de $5.000. Si cumple con todos los requisitos y<br />

utiliza la franquicia, podrá ahorrarse $4.000 por<br />

cada hora cursada a cuenta del impuesto anual a<br />

la renta, con el tope señalado anteriormente.<br />

Oportunidades extra para el uso de la franquicia tributaria<br />

Además del uso regular del incentivo tributario, SENCE pone a disposición de los empresarios una<br />

serie de facilidades y oportunidades extra, para el uso de la franquicia tributaria.<br />

Entre estas podemos mencionar:<br />

CAPACITACIÓN PRE CONTRATO<br />

Capacitación realizada antes del contrato laboral para<br />

contar con trabajadores calificados al momento de su<br />

incorporación a la organización.<br />

Se suscribe un contrato de capacitación entre la<br />

empresa y el beneficiario cuya vigencia no exceda de<br />

dos meses.<br />

CAPACITACIÓN POST CONTRATO<br />

Capacitación que se puede realizar hasta cinco meses<br />

contados después del término del vínculo laboral.<br />

Las acciones deben comunicarse al SENCE antes de<br />

finalizar el contrato.<br />

Deben ser impartidas a trabajadores cuya última<br />

renta no supere las 25 UTM.<br />

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