11.07.2015 Views

LEY FORESTAL Y AREAS PROTEGIDAS.pdf - ICF

LEY FORESTAL Y AREAS PROTEGIDAS.pdf - ICF

LEY FORESTAL Y AREAS PROTEGIDAS.pdf - ICF

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

.En el caso que la ejecuci6n del Plan de Manejo o PlanOpemtivo aprobado se ejecute por subcontratistis, el beneficiarioy responsable del Plan de Manejo queda15 sujeto a lo estipuladoen la presentedisposici6n.AW~~CULO100.-NOTIFICACI~N DE CAMBIOSEN LAS INDUSTRIASY PERSONA~CALIFICADO. Laindustria primaria y secwdaria asi com6 losplanteles de venta de 'productos forestales, personal calificado con apego a las .regulacionesambientales, deberh cumplir con las disposicionessiguientes: .1) El cambio de local de un establecimiento dekrsl notificarsecon treinta (30) dias de antelaci6n al Instituto Nacional deConservaci6n y Desarrollo Forestal, has Pmtegidas y VidaSilvestre (<strong>ICF</strong>);2) El cambio de equipo, maquinaria o uso de tecnologia debe'hacerse en cumplimiento de las normas de calidad modema3) El cambio de propietario, arrendamiento, o laconstitucih deotro derecho real sobre la misma, ai como el giro o laparalizacibn deb& notificarse al Instituto Nacional de~onservaci6n y Desarrollo Forestal, heas Pmtegidas y WdaSilvestre (<strong>ICF</strong>); y,4) El cambio de personal calificado para la ejecuci6n del Plande Manejo y Plan Operativo.Tambidn deberh presentar informes mensuales de susactividades &n se establezca en el Reglamento.ART~CULO 101.- US0 DE ESPECIES NO TRAbI-CIONALESY DE LAINDUSTRIALIZACI~N. El Estado atravts del Instituto Nacional de Conservaci6n y DesarrolloForestal, Leas Protegidas y vida Silvestre (<strong>ICF</strong>), emprenderslacciones que propicien:1) Industrialh las especies latifoliadas no tradicionales haciendosu aprovechamiento en condiciones de sostenibilidad ycompetjtividad,2) Facilitar 10s mecanismos que proporcionen la ampliaci6n ymejoramiento tecnolQgico de la industria forestal. Dichatecnologia debed ser arnigable con el ambiente; y,,3) Incentivar procesos tecnol6gims para la transfomaci6nprimaria, secundaria y cofnercializacibn de la madera y susproductos. '.PA, M. D. C., 26 DE FEBREROEL 2008 N". 31,544CAPLTULO 11COMERCIALIZAC~ON Y TRANSPORTEART~CUL~ 102.-COMERCIALIZACI~NDE LAMADERAPROVENTENTE DE BOSQUES NATURALESY ARTIFICIALES. Las maderas pmesadas y dernhs productosforestales aprovechados de conformidad con las disposicionesde la presente Ley, pueden ser comercializadas por suspropietarios, tanto en el mercado nacional como en el intemacional,sujethdose a la aplicaci6n de las disposiciones vigentes en materiaforestal, aduanera, tributaria, cambiaria, de sanidad vegetal y a10s Convenios Intemacionales que regulen su comercio.Las maderas de especies latifoliadas provenientes de bosquesnaturales, dlo ser exportadas como madera transformadao procesada, por lo que nose pennitid la exportacih de maderaen rollo o escuadrada de dichas especies.AR~~CULO 103.-TRANSPORTE DE PRODUCTOS<strong>FORESTAL</strong>ES. El transporte de productos y sub-productosforestales, dentro del tenitorio nacional, requiere de una guia demoviliii6n o facturaoriginal codificada, que contengalavigenciade aprobaci6n del Plan Operativo, firmada y con sellos deseguridad entregada mediante inventario por el Instituto Nacionalde Conservaci6n y Desmllo Forestal, hasProtegidas y VidaSilvestre (<strong>ICF</strong>), a travCs de la Oficina Regional Forestal, deacuerdo a la cantidad de madera autorizada para elaprovechamiento y la capacidad del medio de transpork a utilizar.La fwra o guia, debersl estar llenada y firmada por la personamponsable del envio del producto en el sitio de corte del cual setransport& la madera.El hofario para transportar la madera en cualquier forma sehad de 200 a.m. a 9:00 p.m., debiendo ser visible. .~1 ~ tuto ~acional de ~onservacibil ~&arrollo ~orestal,h Protegidas y Vida Silvestre (<strong>ICF</strong>), crearh mecanismos decontrol para el transpork de productos y sub productos forestalesen coordiiacibn con la PoliciaNacional, el Ministerio Mblico yotras bependencias del Estado, el cud sera desarrollado viaReglamento.El ~nstitutci~acional de Consemcibn y Desairollo Forestal,heas Protegidas y VidaSilvestre (<strong>ICF</strong>), serd la hica InstituciQresponsable de la ernisi6n delos talo?arios o @as de rnoviliici6nque xrtin otorgados de acuerdo con 10s Planes de Manejo yPlanes Operativos aprobados, prohibitndose la emisi6n yreproduccicin de 16s tnismos, a &wales o juridicas .diferentes a la que ejerce la representaci6n legal del InstitutoNkional de ~o-ibn Desa~~llo ~drestal, heas htegidasy Vida Silvestre (<strong>ICF</strong>). El incurnpliiento de esta disposici6n seA.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!