:-...-.,.....>,...:... . .I w Y..REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. c.; 26 DE FEBRERO ------- ,... - ..-,,- '44aprovechamiento; transformaci6n, industrializaci6n ycomercializaci6n de 10s bienes y servicios del bosque, deacuerdo a su clasificaci6n. El Sector Forestal eski integradopor personas naturales y juridicas, ~r~anizaciones einstituciones de 10s sectores pcblico, privado y social;54) SECTOR SOCIAL: Son todas las personas naturales ojuridicas privadas que desarrollan actividades de conservaci6n,producci6n y aprovechamiento dentro del context0 de laforesteria comunitaria y la gesti6n de ireas protegidas,55) SISTEMA SOCIAL <strong>FORESTAL</strong>: Es el conjunto depoliticas, normas, criterios, estrategias y procediientos parael des&ollo socioeconcimico de las comunidades y gruposque viven dentro o alrededor de 10s bosqks incorporhndolosal manejo forestal, aprovechamiento integmZ induhiakacion,comercializacicin y la participaci6n en 10s beneficios que sederiven. Asirnismo, el Sistema fomentara la mas ampliadiversificaci6n productiva, las artesanias, micro y pequeiiasemprew;I61) VEDA<strong>FORESTAL</strong>. Es la prohibici6n de aprovechamientosforestales en heas donde previo estudios t&nicos cientificos,viven o son sedes migratorias de especies de flora amenaidaso en peligro de extincibn, necesarias para salvaguardar elhhbitat de especies de fauna de alto valor o microcuencasproductoras de agwq62) VIDASIL- Son las fomas de vida que interachen un ecosistema; y,63) ZONADE PROTECCI~N <strong>FORESTAL</strong>: Superficie detierras forestales dedicada por la Ley como bosque aperpetuidad normalmente asociada a la protecci6n del recursohidrico u om.~fmo 11MARC0 INSTITUCIONALcAPfrui01 .SECTOR <strong>FORESTAL</strong>56) SUELO DE VOCACI~N <strong>FORESTAL</strong>: Sitios o terrenos,que por sus caractensticas geomorfol6gicas y climaticaspueden tener uso sostenible en lapmducci6n forestal o paraprop6sitos de protecci6n de suelos y agua;57) SUB-PRODUCTOS <strong>FORESTAL</strong>ES: Son aquellosproductos derivados de 10s aprovechamientos forestales yproductos no maderables provenientes del bosque, como serramas, tocones, Aces, hojas, belloras, semillas, paste de m,cortezas, resina, latex, flores, colorantes. naturales, leiia,plantas, epifetas, gallinaza otros similares{58) TRATAMIENTO FITOSANITARIO. Actividad silvicolacon el objetivo & mejorar la salud del bosque mediante la .59) TECNICA SILVICULTURAL DE RALEO: Es laprescripci6n silvicola contenida en el Plan de Manejo cuya, . ejecucion se aplica a rodales de Moles jbvenes, destinada alograr F a densidad adecuada con losmejores irboles a fin. de lograr una cosecha final.6ptin.m en calidad, cantidad yproductividad del bosque;~O).T$CNICO(A) <strong>FORESTAL</strong> CALIFICADO(A): Es elprof=sional forestal o afines con formaci6n forestal, ire&pmtegidas y vidasilvestx quien en el ejercicio de su profesi6ny en el desempeiio Gcnico y administrativo, garantizad elmanejo y desarrollo sostenible de 10s bosques por intermediode 10s Planes de Manejo o Planes Operativos aprobados enbosques phblicos o privados, 6ste en hci6n de sus facultadesprofesionales sed Ministro de Fe Pfiblica;ART~CULO 12.- CREACI~N DEL SECTOR<strong>FORESTAL</strong>.- Crkase el Sector Forestal, Areas Protegidas yVida Silvestre, cuyo rnarco institutional estarh conformado por:El Instituto Nacional de Conservaci6n y Desmllo Forestal,Leas Protegidas y Vida Silvestre, en adelante denominado <strong>ICF</strong>que estarh a cargo de un Director Ejecutivo nombrado por elPiesidente de la Repfiblica previacauci6n de la fiawa, con rangode Secretario de Estado y con participaci6n en el Consejo deMinkms.El Director Ejecutivo sedi asistido por dos (2) Sub D ires:1) Sub Ditor de Desarrollo Forestal, y,2) sub Diirde brreas Pmtegidas ~ dSilvestre, a nombradospor el Presidente de la Repfiblica previa cauci6n de fianza.ART~CUL~ 13.- INTEGMCI~N DEL SECTOR<strong>FORESTAL</strong>. l&egran el Sector Forestal, bas Protegidas' yVid< Silvestre, ade& del Instituto Nacional de Conservaci6n yDesFllo Forestal, has Rotegidas y Vida Silvesire (<strong>ICF</strong>), laSecTtaria de Estado en 10s Despachos de Recursos Naturales yArn6iente (SERNA), la Secretaria de Estado en 10s Despachosde~scultura Ganaderia (SAG), la Secretariade Estado en el~esbho de ~urismo, la Secretaria de Estado en 10s Despachosde Gobernaci6n y Justicia, el Instituto ~acional~grario (INA),Instituto de la Propiedad (IP), Escuela Nacional de CienciasForestales (ESNACIFOR), Instituto Hondureiio del Cafd(IHCAFE), Instituto Hondureiio de Cooperativas (IHDECOOP)
,PA, M. D. C., 26 Dl?, FEBRERO DEL 2y cualquier otra institucibn gubemamental existente o que seCree en el futuro vinculada con la politica forestal de ireasprotegidas y de vida silvestre.ART~CULO 14.- DEL INSTITUTO NACIONAL DECONSERVACION Y DESARROLLO <strong>FORESTAL</strong>,<strong>AREAS</strong> <strong>PROTEGIDAS</strong> Y VIDA SILVESTRE (<strong>ICF</strong>). ElInstituto Nacional de Conservacibn y Demllo Forestal, heasProtegidas y Vida'Silvestre (<strong>ICF</strong>) es un ente desconcentrado ydependiente de la Presidencia de 1aRep~blica con exclusividaden la competencia que determine esta Ley, la que ejerceni conindependencia tthica, administrativa y financiers. Estaridotadode la capacidad juridica necesaria para emitir 10s actos, celebrar'contratos y comparecer ante 10s Tribunales de la RepGblica, todoello en el ejercicio de su compytencia. El Instituto Nacional deConse~acibn y Desarrollo Forestal, Areas Protegidas y VidaSilvestre (<strong>ICF</strong>) actmu6 como ejecutor de la politica nacional deconservacibn y desamIIo forestal, has protegidas y vida silvestrecon facultad de desmllar programas, proyectos y y decrear las unidades administratims thicas y operativas necesariaspara cumplir con 10s objetivos y fines de esta Ley.El Instituto tendd su domicilio en la Capital de la Repdblica, con presencia a nivel nacional a travds de la creaci6n de oficinaslegionales y locales.ART~CUL~ 15.- REQUISITOS PARA SER DIREC-TOR(A), SUB DIRECTOR(A) DEL INSTITUTONACIONAL DE CONSERVACI~N Y DESARROLLO<strong>FORESTAL</strong>, <strong>AREAS</strong> PROTECIDAS Y VIDASIL-(<strong>ICF</strong>). Para ser Director o Directora, Sub Director o SubDirectora Ejecutivo del rnstituto Nacional de ConserVacibn yDiillo Forestal, heas Protegidas y Vida Silvestre (<strong>ICF</strong>) sedeberh cumplir con 10s mismos requisites que para ser Secretariode Estado, y ade& 10s Siguientes: .1) . Profesional univershio enel bvea~oxstal, heas Protegidaso Vida Silvestre conuna expeienciaminima de cinco (5) afios;2) No haber sido condenado por falta o delito contra laAdministraci6n Nblica, ni denunciado oficialmente por laFiscaliapor infitmiones, Mtas o delitos ambientales, siempreque la acwaci6n o denuncia no sea maliciosa o falsa;3) Acreditar la honorabilidad personal y profesional con 10satestados correspondientes; y,4) No dedicarse a1 rubro de la industria primaria o secundariade la madera en el nivel de pmpietario, accionista o gerente.' _rART~CULO 16.- INHABILIDADES PARA SERDIREmOR(A) 0 SU8 DIRECT.OR(A) DEL INSTITUTONACIONAL DE CONSERVACI~N Y DESARROLLO<strong>FORESTAL</strong>, <strong>AREAS</strong> <strong>PROTEGIDAS</strong>Y MDA SILVESTRE(<strong>ICF</strong>). No podrh ser Directores, Directoras, Sub Directores oSub Ditoras Ejecutivos o Ejecutivas del Instituto Nacional deConservacibn y Desarrollo Forestal, Areas Protegidas y VidaSilvestre (<strong>ICF</strong>), 10s que incurran en las inhabilidades ehablecidasen la Constitucibn de la Repdblica para 10s Secretarios y SubSecretarios de Estado y las establecidas en la Ley General de laAdministracih PSlblica para 10s Presidentes, Gerentes, D i t o ~ ~o Subdirectores de las Instituciones Autbnomas.ART~cULO 17.- FUNCIONES DEL INSTITUTONACIONAL DE COI)ISERVACI~N Y DESARROLLO<strong>FORESTAL</strong>,.~UMS <strong>PROTEGIDAS</strong> Y VIDGSILVESTRE(<strong>ICF</strong>). El ~stddo por medio del Instituto Nacional de~onservacibn' Desariollo Foreital, has Protegidas y VidaSilve@e QCF), ten& como funciones las siguientes1) ~drniniitrar el recurso forestal pfiblico para garantizar sumanejo racional y sostenible;2) Regular y controlar el ~ urso natural privado pla sostenibilidad ambiental*,3) Velarpor el fie1 cumpliiento de la normativa relacionadaconla conservacibn de la biodiversiaad;4) Pmmover el desarrollo del Sector en todos sus componentessociales, econ6micos, culturales y ambientales en un marcode sostenibilidad, y,5) Dar cumplimiento a 10s objetivos de la presente Ley.ARTfCUL0 18.- ATRIBUCIONES DEL INSTITUTONACIONAL DE CONSERVACI~N Y DESARROLLO<strong>FORESTAL</strong>, <strong>AREAS</strong> PROTRGIDAS Y VIDASILVESTRE0. El Estado por medio del Director/aF.jecutivo/adel Instituto~acional de Comewaci6n ~esamllo Forestal, heas Pmtegidasy Wda Silvestre (<strong>ICF</strong>) tendrhcomo atribuciones, las siguientes:1) Administrare1 InstiMbNacional de C6nservaci6n y Desa~~~llo~orestal, heas ~mte~idas Vida Silvestre (<strong>ICF</strong>) y ejercer larepresentacibn legal del misrno;2) biseiiar, formular, coordinar, dar seguimiento, ejecutar yevaluar las politicas relacionadas con el Sector~ore* hProtegidG Vida Silvestre;'
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