Buenos Aires, diciembre 5 de 1984Intervinieron en el estudio y redacción de esta guía los Arqs. C. H. y R. R. Rivarola, el Agr. J.Benítez y los Ings. A. Clutterbuck, H. Galloni, C. Loisaga, F. Ditaranto, A. Alonso, L. Hellman,C. Copati, M. Díaz y C. Horan.NOTA: En la actualidad se encuentra en estudio el anteproyecto del Arancel de Honorarios relativo a las tasaciones yperitajes judiciales.GUIA DE EJERCICIO PROFESIONAL_25
APÉNDICE IDECRETO -LEY Nº6070- Buenos Aires, 25/4/58Visto este expediente Nº 445/58 del registro del Ministerio de Obras Públicas en el quela comisión creada por el artículo 3º del decreto-ley No 4016/57 da cuenta de los resultados de lalabor que le fuera encomendada.Por ello:El Presidente Provisional de la Nación Argentina en ejerciciodel Poder Legislativo, decreta con fuerza de ley:I. DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN. – DE LOS TÍTULOS.Artículo 1º – El ejercicio de la Agrimensura, la Agronomía, la Arquitectura y la Ingeniería, enjurisdicción nacional o ante autoridades o tribunales nacionales, queda sujeto a las determinacionesde la presente ley, sus disposiciones complementarias y las normas de ética profesional.Art. 2º – Considérese ejercicio profesional, con las responsabilidades inherentes, toda actividadremunerada o gratuita, que requiera la capacitación proporcionada por las UniversidadesNacionales con arreglo a sus normas y sea propia de los diplomados a quienes se refiere elartículo 13º, tal como:a) El ofrecimiento o prestación de servicios o ejecución de obras.b) La realización de estudios. proyectos, direcciones, asesoramientos, pericias, tasaciones,mensuras, ensayos, análisis, certificaciones; la evacuación de consultas y laudos;la confección de informes, dictámenes e inventarios técnicos.c) El desempeño de cargos, funciones, comisiones o empleos, privados o públicos,incluso nombramientos judiciales de oficio o a propuesta de parte.Art. 3º – El ejercicio profesional deberá llevarse a cabo mediante la prestación personal de losservicios.Art. 4º – El uso del título estará sometido a las siguientes reglas:a) Las palabras agrimensor, arquitecto o ingeniero quedan reservadas exclusivamentepara los diplomados por Universidad Nacional, debiéndose adicionar, cuandoGUIA DE EJERCICIO PROFESIONAL_27
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