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Días de viaje, de ida y vuelta, incluyendo íntegros los de saliday llegada.............................................................................................................$ 450 p/dDías de trabajo en el terreno:Los primeros 10días......................................................................................."600p/dLos subsiguientes 20días................................................................................"450p/dLos días en exceso sobre 30............................................................................"300p/dDías de trabajo en gabinete............................................................................."450p/dMás todos los gastos especiales en que el profesional haya incurrido con motivo deltrabajo.Art. 4º – Tareas realizadas en relación de dependencia.– Salvo convenio en contrario, nocorresponde pago de honorarios al profesional, funcionario o empleado a sueldo, público oprivado, por las tareas específicas que debe ejecutar en función del cargo que desempeña.Tampoco al ayudante o colaborador de otro profesional cuando no asuma responsabilidadtécnica o legal por las tareas que le fueran encomendadas al titular.Art.5º – Tareas encomendadas a profesionales independientes entre sí.a) Si dos o más profesionales actúan separadamente, por encargo respectivo de otrostantos comitentes, en el desempeño de tareas judiciales, administrativas o de carácter particular,cada uno de ellos percibirá, aun cuando produzcan informes en conjunto, la totalidad de loshonorarios que determina el Arancel para la tarea encomendada.b) Cuando dos o más profesionales, independientes entre sí, actúan conjuntamente porencargo de un solo comitente, los honorarios que por el Arancel corresponden a uno solo sedividirán por igual entre ellos, adicionando a cada parte el 25% del total.c) En el caso de que varios profesionales intervengan en un mismo asunto, comoespecialistas en distintos rubros, cada uno percibirá los honorarios correspondientes a las tareasde su especialidad.Art. 6º – Interpretación y aplicación del Arancel.– Los Consejos Profesionales, en susrespectivas especialidades, aclararán cualquier duda en la aplicación del presente Arancel, eigualmente dictaminarán y fijarán el importe de los honorarios para los casos especiales o noprevistos en él, a pedido de parte o de autoridad judicial o administrativa.“En los juicios voluntarios y contenciosos, los profesionales a que se refiere esteArancel, sea que actúen designados de oficios o petición de parte, estimarán sus honorarios deacuerdo con las reglas del mismo. De la estimación los jueces podrán conferir vista al ConsejoProfesional de la especialidad. La regulación se practicará teniendo en cuenta la estimación, lodictaminado por el Consejo en su caso, y las reglas establecidas en el presente decreto-ley,pudiendo los jueces apartarse de éstas, mediante resolución fundada, sólo en el caso de que elmonto resultante no sea equitativo en relación al valor de lo cuestionado".CAPITULO IIPLANEAMIENTO URBANO Y REGIONALDEFINICIÓN DE SERVICIOSArt. 7º – Los servicios a que se refiere este capítulo son: Estudios Urbanísticos, AnteproyectosGUIA DE EJERCICIO PROFESIONAL_39

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