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trabajo, los que resulten de la suma de los GGh o GGha más los CPP, que se han resumido en lasfilas correspondientes del cuadro B.A estos valores será necesario agregarle los Costos Específicos de Tarea CTEprorrateando su total con respecto al número de horas útiles que insuma la tarea.La determinación de horas útiles que insumen las diversas tareas profesionales es depor sí un tema difícil. Dependen en alto grado de los conocimientos especializados, la experienciay la habilidad del profesional, la disposición de herramientas informáticas, informacióntécnica adecuada, etc. Al momento no existe un baremo de horas profesionales para las diversastareas que encara el profesional y cada uno se maneja por parámetros personales. Es importanteno olvidar que muchas veces la elaboración del presupuesto, su discusión con el cliente y laposterior gestión de cobro, los diversos traslados para estas tareas y en nuestro país las tanfrecuentes esperas burocráticas o demoras en las citas también insumen un tiempo del profesional.Y por último pero no menos importante deben considerarse la responsabilidadasumida y la calidad de la tarea. Debemos recordar que la responsabilidad se extiende más alláde la ejecución física de la tarea, y que resulta notablemente agravada por la calidad de profesionaldel ejecutante (Art. 20, 41,189 del Código Penal, 902 y 1647 del Código Civil).EL NO TAN VIEJO ARANCEL DE HONORARIOSSe suele suponer, siguiendo la prédica desregulatoria de algunos individuos, que elArancel de Honorarios Dto-Ley 7887/55) fue abolido por los decretos de desregulación.(¡Enormidad jurídica!). Lo único abolido por la Ley 24432 fue el orden público de los mismos yla obligación de ajustarse a los mínimos arancelarios. Pero la misma ley acepta su existencia alabolir los mínimos obligatorios pero no el resto.El Arancel actualizado (como establecía la ley 21165) e inmovilizado al 1° de Abril de1991 daba como valor mínimo de días y hora de trabajo (día de 8 horas):DIARIOHORATRABAJO EN CAMPO(primeros lO días) $ 273.20 $ 34,15TRABAJO EN CAMPO(20 días subsig.) $ 204,96 $ 25,62TRABAJO EN CAMPO(días subsiguientes) $ 136.60 $ 17,08TRABAJO EN GABINETE(estudio) $ 204,96 $ 25,62Más todos los gastos en que elprofesional haya incurrido para larealización del trabajo y una suma pordía de viaje (incluyendo como díasenteros los de salida y de regreso) de$204,96.Este fue congelado a la fecha indicada. Y no está de más recordar que el profesionalingeniero al ejercer su profesión es de por sí un consumidor final, ya que no transforma materiaprima, como una industria, ni agrega mano de obra de terceros sino tan solo su trabajo profesional,esencialmente intelectual y los pocos insumos que requiere terminan en el mismo o setraducen en un estudio o un proyecto, no en un producto de serie. No los comercializa, salvo querealice otra actividad que se escapa del objeto del presente.Y ello fue en su momento contemplado en la ley N° 21165 (1975) que disponía el94_www.copitec.org.ar

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