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consecuencias que pueden generar un mal uso de las TIC, y de la necesidad de protección frente a las<br />

mismas.<br />

Es importante conocer y ser críticos ante estas nuevas formas de violencia contra la mujer, que tienen las<br />

mismas consecuencias, o incluso más dañinas que las formas tradicionales, y recalcar la necesidad de que<br />

exista una implicación real, tanto de los poderes públicos, como la comunidad educativa y en general de<br />

toda la sociedad, para prevenir, proteger e incluso erradicar cualquier tipo de violencia que pueda ser<br />

ejercida a través de las TIC.<br />

5. Bibliografía<br />

ANTEPROYECTO DE REFORMA DEL CÓDIGO PENAL (2012): por el que se modifica la Ley Orgánica<br />

10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que introduce artículo 172 ter.<br />

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO (1995): Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.<br />

Boletín Oficial del Estado, 24 de noviembre de 1995, nº. 281, artículo 183 bis introducido mediante la Ley<br />

Orgánica 5/2010, de 22 de junio, Boletín Oficial del Estado, 23 de junio, por la que se modifica Ley Orgánica<br />

10/1995.<br />

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO (2004): Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, Ley de Medidas de<br />

Protección Integral contra la Violencia de Género. Boletín Oficial del Estado, 29 de diciembre 2004, nº.313,<br />

p. 42166-42197.<br />

CONSEJO DE MINISTROS (2013): Estrategia Nacional para la Erradicación de la Violencia Contra la Mujer,<br />

2013-2016, aprobada mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de julio de 2013.<br />

DE LA MATA BARRANCO, N. J. (2010): Ilícitos vinculados al ámbito informático: la respuesta penal, en:<br />

DE LA CUESTA ARZAMENDI, J. L. (Dir.), DE LA MATA BARRANCO, N.J. (Coord.), Derecho Penal<br />

Informático. Cizur Menor (Navarra): Civitas Thomson Reuters.<br />

FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO (2013): Memoria de la Fiscalía General del Estado, 2013, pp.499 a<br />

510. https://www.fiscal.es/fiscal/PA_WebApp_SGNTJ_NFIS/descarga/MEMFIS13.pdf?idFile=c537ac46-<br />

94ee-42d8-b6de-2d4e362f9740, acceso el 1 de octubre del 2014<br />

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE LA COMUNICACIÓN (2009): Guía legal sobre<br />

ciberbullying y grooming. http://www.inteco.es/guias/guiaManual_groming_ciberbullying, acceso el 1 de<br />

octubre del 2014.<br />

LLORIA GARCÍA, P. (2013): Menores, redes sociales e intimidad: consentimiento y tutela. Algunas<br />

consideraciones. Que se encuentra en prensa en estos momentos.<br />

− (2014): Violencia de género en el entorno digital, en: VIVES ANTÓN, T.S., CARBONELL MATEU, J.C.<br />

(Dir.), Crímenes y castigos. Miradas al Derecho penal a través del arte y la cultura. Valencia: Tirant lo<br />

Blanch, pp.547 a 561.<br />

LORENTE ACOSTA, M. (2001): Mi marido me pega lo normal. Barcelona: Critica.<br />

MARTÍNEZ, ELENA. (DIR.), VEGAS, JUAN CARLOS, (COORD.), (2012): La prevención y erradicación de<br />

la violencia de género. Un estudio multidisciplinar y forense. Valencia: Aranzadi.<br />

ORTIZ LÓPEZ, P. (2010): Redes sociales: funcionamiento y tratamiento de información personal, en:<br />

RALLO LOMBARTE, A. (ED.), Derecho y Redes Sociales. Madrid: Civitas Thomson Reuters, pp. 21-26.<br />

PANTALLAS AMIGAS (2010): Glosario, http://www.internet-grooming.net/glosario.html, acceso el 1 de<br />

octubre del 2014.<br />

ROMEO CASABONA, C.M. (2006): De los delitos informáticos al cibercrimen. Una aproximación conceptual<br />

y político-criminal. en: ROMEO CASABONA, C.M. (Coord.), El cibercrimen nuevos retos jurídico-penales,<br />

nuevas respuestas político-criminales. Granada: Comares, pp. 1 a 42.<br />

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