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Exilio en Venezuela: memorias de la población colombiana<br />

que regresó al país luego de ser deportada o expulsada<br />

nos daba miedo salir. En esos momentos pasaron cosas terribles<br />

en esta frontera (CNMH, mujer adulta, exiliada retornada de Venezuela,<br />

Villa <strong>del</strong> Rosario, 2016).<br />

Estos hechos los obligaron a tomar la difícil decisión de volver a<br />

Colombia 322 : esta opción no la habían contemplado.<br />

A raíz de tantas cosas; como la escasez de comida, la violencia<br />

en contra de los <strong>colombiano</strong>s, el rumor de que a los padres <strong>colombiano</strong>s<br />

les iban a quitar a sus hijos venezolanos, nos obligó a<br />

regresar otra vez. Tantas cosas que se escuchaban y que se veían<br />

que decidimos: “No, vámonos para Colombia, vámonos ya para<br />

Colombia” (CNMH, mujer adulta, exiliada retornada de Venezuela,<br />

taller de memoria, Maicao, 2017).<br />

Los exiliados retornados cargaron sus pertenencias, sus muebles,<br />

colchones, sillas, neveras, televisores, en fin, cualquier objeto<br />

que pudieran llevarse como puertas, ventanas o tejas, quizás con<br />

la esperanza de que les pudieran servir para reconstruir sus viviendas<br />

luego de su regreso a Colombia.<br />

Dejamos las cosas acá en la orilla <strong>del</strong> río, mientras los niños<br />

y los demás cuidaban el trasteo. Mientras tanto corríamos otra<br />

vez a pasar el río para volver a nuestras casas a seguir sacando lo<br />

que pudiéramos, porque la Guardia Nacional nos dio dos días<br />

de plazo para sacar las cosas. Había gente que sacó lo que pudo,<br />

que sacaba sus tejas de zinc, quitó sus puertas, sus ventanas, para<br />

poder de pronto construir su rancho <strong>del</strong> otro lado de la frontera<br />

(CNMH, hombre adulto, exiliado retornado de Venezuela, entrevista,<br />

Villa <strong>del</strong> Rosario, 2017).<br />

322 La Sentencia C-670 (2015, 28 de octubre), de la Corte Constitucional de<br />

Colombia reconoció la gravedad de los hechos al evidenciar cómo los <strong>colombiano</strong>s,<br />

atemorizados, prefirieron volver a su país, luego de encontrarse en situaciones<br />

“extremas”. Según la Corte, la prueba fehaciente <strong>del</strong> hecho se encuentra en el<br />

cubrimiento de diversos medios de comunicación que mostraron a los <strong>colombiano</strong>s<br />

con los enseres cargados a sus espaldas cruzando el río desde Venezuela.<br />

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