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universidad de leon

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como lo es la in<strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia. Si a lo anterior aunamos la sumisión <strong>de</strong> algunos<br />

sindicatos al Po<strong>de</strong>r estatal a través <strong>de</strong> sus representantes, entonces concluiríamos<br />

que por esta parte no podría hablarse <strong>de</strong> soberanía sindical. A<strong>de</strong>más, el Estado<br />

establece una serie <strong>de</strong> obligaciones para los sindicatos, no solamente en el<br />

contenido que <strong>de</strong>ben llevar los estatutos, sino al señalar las obligaciones <strong>de</strong> los<br />

sindicatos en el artículo 377 que establece:<br />

"Art.377.- Son obligaciones <strong>de</strong> los sindicatos:<br />

I.- Proporcionar los informes que les soliciten las autorida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>l trabajo, siempre<br />

que se refieran exclusivamente a su actuación como sindicatos.<br />

II.- Comunicar a la autoridad ante la que estén registrados, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> un término<br />

<strong>de</strong> diez días, los cambios <strong>de</strong> su directivas y las modificaciones <strong>de</strong> los estatutos,<br />

acompañando por duplicado copia autorizada <strong>de</strong> las actas respectivas; y<br />

III.- Informar a la misma autoridad cada tres meses, por lo menos <strong>de</strong> las altas y<br />

bajas <strong>de</strong> sus miembros".<br />

Después <strong>de</strong> lo anterior, ¿podría hablarse <strong>de</strong> soberanía sindical?<br />

Por último, al hablar <strong>de</strong> que el sindicato realiza funciones legislativas<br />

y judiciales en su esfera interna, estos dos términos están mal empleados, toda<br />

vez que, <strong>de</strong> acuerdo a nuestra Carta Magna, sólo podrán ejercer funciones<br />

legislativas el Po<strong>de</strong>r Legislativo, <strong>de</strong>positado éste en un Congreso General dividido<br />

en Cámara <strong>de</strong> Diputados y Cámara <strong>de</strong> Senadores (art. 50); así como, el facultado

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