universidad de leon
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
obligar a los lí<strong>de</strong>res sindicales a que sean capacitados en todos los conceptos<br />
relacionados con el ambiente en que se trabaja así como a los económicos, que se<br />
toman en cuenta en las negociaciones colectivas, ésto con la intención <strong>de</strong> que<br />
dichas negociaciones obtengan beneficios <strong>de</strong> carácter colectivo y no perjudiquen la<br />
producción <strong>de</strong> las empresas, ya que a la fecha eso es el sustento <strong>de</strong>l empleo en las<br />
mismas.<br />
Al efecto menciono como posible texto el siguiente:<br />
"Art. 153-Bis.- El trabajador que <strong>de</strong>see participar como representante sindical<br />
hasta el más alto nivel <strong>de</strong>l<br />
sindicato al que pertenece, necesariamente <strong>de</strong>berá<br />
haber cubierto con el curso <strong>de</strong> capacitación que para el efecto ofrece la Secretaria<br />
<strong>de</strong>l Trabajo y Previsión Social a través <strong>de</strong> sus diversas <strong>de</strong>legaciones estatales, que<br />
a su vez expedirá <strong>de</strong>bida constancia <strong>de</strong>l cumplimiento <strong>de</strong>l mismo.<br />
Este documento tendrá vali<strong>de</strong>z oficial y servirá para acreditar ante la empresa y la<br />
Junta <strong>de</strong> Conciliación y Arbitraje, así como las Juntas Locales <strong>de</strong> Conciliación y<br />
Arbitraje, el cumplimiento a lo señalado por este artículo.<br />
En caso <strong>de</strong> no cumplir con lo anterior, los trabajadores no serán elegibles como<br />
representantes a algún cargo sindical"