PROYECTO DE LEY DE LA CARRERA FISCAL - Ministerio Público
PROYECTO DE LEY DE LA CARRERA FISCAL - Ministerio Público
PROYECTO DE LEY DE LA CARRERA FISCAL - Ministerio Público
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
21<br />
<strong>Ministerio</strong> <strong>Público</strong> - Fiscalía de La Nación<br />
Artículo 54°.- Juramentación<br />
Los fiscales titulares de todos los niveles prestan juramento para<br />
ejercer el cargo ante el Consejo Nacional de la Magistratura.<br />
El Fiscal de la Nación juramenta el cargo ante el Presidente de la Junta<br />
de Fiscales Supremos o quien haga sus veces.<br />
Artículo 55°.- Ascenso<br />
El ascenso en la carrera fiscal para el cargo inmediato superior se realiza<br />
por concurso público ante el Consejo Nacional de la Magistratura.<br />
Artículo 56°.- Cuadro de antigüedad<br />
El cuadro de antigüedad contiene la relación de fiscales en cada<br />
nivel, en estricto orden de ingreso a la carrera fiscal según la fecha<br />
de juramento, a nivel nacional. Si dos o más fiscales juramentan en<br />
la misma fecha, precede quien hubiese desempeñado durante mayor<br />
tiempo el cargo fiscal anterior como titular o provisional, en el mismo<br />
nivel o en su defecto, el que tenga más tiempo como abogado.<br />
Artículo 57°.- Reconocimiento de la provisionalidad<br />
Al fiscal que asuma un cargo como titular se le sumará para el<br />
cómputo de la antigüedad, el tiempo que estuvo ejerciendo el cargo<br />
como provisional en el mismo nivel de la carrera fiscal.<br />
Artículo 58°.- Insignia<br />
La insignia del <strong>Ministerio</strong> <strong>Público</strong> es una medalla dorada que contiene<br />
una vara sostenida por dos manos que representa el símbolo de<br />
autoridad; una balanza que simboliza el equilibrio de la libertad con la<br />
paz y un sol llameante que representa la justicia. En la parte superior<br />
las tres normas fundamentales del incario con el saludo “AMA SUA,<br />
AMA QUEL<strong>LA</strong>, AMA LLUL<strong>LA</strong>”, y en la parte inferior la leyenda del<br />
<strong>Ministerio</strong> <strong>Público</strong>.<br />
Artículo 59°.- Insignia según niveles de carrera<br />
La insignia del <strong>Ministerio</strong> <strong>Público</strong> la portan los fiscales de acuerdo a<br />
los niveles de carrera: