PROYECTO DE LEY DE LA CARRERA FISCAL - Ministerio Público
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<strong>Ministerio</strong> <strong>Público</strong> - Fiscalía de La Nación<br />
capacitación, remuneraciones y beneficios, así como la conclusión de<br />
la carrera fiscal.<br />
Mediante el reclutamiento el Consejo Nacional de la Magistratura<br />
convoca a los candidatos potenciales que reúnan las competencias de<br />
conocimientos, habilidades y actitudes requeridas por el <strong>Ministerio</strong><br />
<strong>Público</strong> para ejercer las funciones de manera eficaz y eficiente, en sus<br />
diferentes niveles y especialidades.<br />
La selección de los candidatos reclutados se basa en un concurso de<br />
méritos por competencias. El examen comprende la evaluación de<br />
conocimientos, psicométrica y psicológica, según la especialidad. Se<br />
evalúa también la hoja de vida que refleja el desarrollo profesional.<br />
El nombramiento del fiscal seleccionado se produce en estricto orden<br />
de méritos y conforme a la votación señalada en nuestro ordenamiento<br />
jurídico. En caso de apartarse del cuadro de méritos, la decisión del<br />
Consejo Nacional de la Magistratura debe ser motivada y constar en<br />
el acta respectiva, en cuyo caso se elegirá al siguiente candidato.<br />
El Fiscal de la Nación juramenta el cargo ante el Presidente de la Junta<br />
de Fiscales Supremos o quien haga sus veces.<br />
La juramentación de los fiscales titulares de todos los niveles se realiza<br />
ante el Consejo Nacional de la Magistratura.<br />
El ingreso a la carrera fiscal es abierto en cualquiera de sus niveles. Sin<br />
embargo, en caso de ascenso, se produce de nivel en nivel, esto es, al<br />
cargo inmediato superior al que postula el fiscal.<br />
En este Título, se detallan los deberes que corresponden a los fiscales. Se<br />
pone especial énfasis en la capacitación y actualización permanente, con<br />
la réplica de los conocimientos y experiencias académicas adquiridos;<br />
así como en la evaluación del desempeño funcional por competencias.<br />
Se señalan los derechos que alcanzan a todos los fiscales, estableciéndose<br />
una relación ordenada con el propósito de hacerlos exigibles frente a<br />
arbitrariedades o amenazas que podrían poner en riesgo su carrera.