Documents 24 - Fundació Carles Pi i Sunyer
Documents 24 - Fundació Carles Pi i Sunyer
Documents 24 - Fundació Carles Pi i Sunyer
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
DOCUMENTS PI I SUNYER<br />
En la LECrim, desde siempre, la conformidad del acusado (arts. 655 y 688 y siguientes) ha sido motivo de<br />
terminación inmediata del juicio, así como de impedir al Tribunal el pronunciamiento de una condena<br />
superior a la aceptada por el acusado. Esta finalización por conformidad se admite en los arts. 32 y 36 de<br />
la Ley Orgánica 5/2000.<br />
El acuerdo del imputado, expreso o tácito, posibilita los juicios rápidos regulados como modalidades del<br />
procedimiento abreviado, en los arts. 789.5 5ª y 790 de la citada Ley.<br />
2.3. Contencioso-administrativo<br />
La mediación opera también en las esferas administrativa y contenciosa. Su regulación se encuentra en<br />
los mismos textos legales que los que contemplan la vía conciliatoria.<br />
2.4. Social o laboral<br />
Lo mismo sucede en el campo laboral. Aquí, además, la mediación se prevé, expresamente, en los arts. 9º<br />
del Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo –cuando atribuye a la Inspección de Trabajo una función<br />
mediadora desde que se comunica la huelga hasta la solución del conflicto– y 2º del Decreto de 23 de<br />
noviembre de 1979 –al establecer las competencias del Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación.<br />
3. Arbitraje<br />
El arbitraje puede ser definido como el convenio de someter a la decisión de terceros las cuestiones<br />
litigiosas de libre disposición presentes o futuras.<br />
3.1. Civil<br />
Su completa regulación se encuentra en la citada Ley 36/88, de 5 de diciembre, de Arbitraje.<br />
3.2. Penal<br />
La posibilidad de encomendar a personas públicas, distintas del Estado o privadas, la aplicación del<br />
Derecho penal es inexistente. El derecho a castigar es competencia exclusiva del Estado. Los delitos<br />
privados o semipúblicos pueden o no ser promovidos por las personas legitimadas para decidirlo, pero<br />
una vez iniciado el proceso la declaración de responsabilidad o de inocencia y la determinación/aplicación<br />
de la correspondiente pena se escapa a su voluntad. La administración privada del Derecho penal queda<br />
totalmente prohibida.<br />
3.3. Contencioso-administrativo<br />
El arbitraje está presente en los ámbitos administrativo y contencioso, en los mismos términos que los<br />
expuestos en la conciliación/mediación.<br />
3.4. Social o laboral<br />
Idéntica afirmación debe hacerse en la esfera laboral; en su normativa se encuentran determinadas<br />
previsiones referidas a materias concretas, como son los conflictos colectivos o en materia electoral (arts.<br />
<strong>24</strong>/25 del Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, art. 76 del Estatuto de Trabajadores, y art. 28 y<br />
siguientes del Real Decreto de 9 de septiembre de 1994).<br />
13