02.10.2013 Views

Revista digital.pdf

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

» Coronel Gerardo Alberto Escalante Monsalve<br />

Juez Presidente del Consejo de Guerra San Cristóbal<br />

REPORTAJE<br />

Criterio Jurisprudencial<br />

Del Tribunal Supremo de Justicia<br />

Respecto a la orden de apertura de la investigación<br />

penal militar.<br />

Se entiende por jurisprudencia<br />

a los informes dictados por<br />

los órganos jurisdiccionales<br />

del Estado. Esto significa que para<br />

conocer el contenido completo de las<br />

normas vigentes, hay que considerar<br />

cómo han sido aplicadas en el pasado.<br />

En otras palabras, la jurisprudencia es<br />

el conjunto de sentencias que han<br />

resuelto casos fundamentándose en<br />

ellas mismas.<br />

El estudio de las variaciones de la<br />

jurisprudencia a lo largo del tiempo<br />

es la mejor manera de conocer la<br />

evolución en la aplicación de las leyes,<br />

quizá con mayor exactitud que el<br />

mero repaso de las distintas reformas<br />

del Derecho Positivo que en algunos<br />

casos no llegan a aplicarse realmente<br />

a pesar de su promulgación oficial.<br />

La jurisprudencia se inspira en<br />

el propósito de obtener una<br />

interpretación uniforme del derecho<br />

en los casos que la realidad presenta<br />

a los jueces. Ahora bien, en la<br />

jurisdicción venezolana observamos<br />

que existe jurisprudencia de Instancia<br />

y Cortes de Apelaciones que<br />

pueden servir de guía a los jueces<br />

en determinado caso, pero que no<br />

tienen carácter vinculante, no así,<br />

las decisiones adoptadas por la Sala<br />

Constitucional del Tribunal Supremo<br />

de Justicia, que tiene incidencia en las<br />

demás Salas que lo componen y en<br />

los demás Tribunales de la República<br />

conforme lo dispone el artículo 335<br />

de la Constitución de la República<br />

Bolivariana de Venezuela.<br />

Ahora bien, el legislador castrense<br />

de 1938 en el Código de Justicia<br />

Militar, previo en su Artículo 163<br />

CIRCUITO JUDICIAL PENAL MILITAR | 25

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!