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En el articulo 127 ejusdem se le<br />
reconocen al imputado como "sujeto<br />
procesal", una serie de derechos que<br />
no son más que la enumeración de<br />
garantías establecidas a su favor,<br />
en la Constitución de la República<br />
Bolivariana de Venezuela, las leyes,<br />
los tratados, convenios y acuerdos<br />
internacionales suscritos y ratificados<br />
por la República Bolivariana de<br />
Venezuela; entre ellos tenemos los<br />
siguientes: ser notificado sobre los<br />
hechos que se le imputan; no ser<br />
privado de libertad, el derecho a que<br />
se le garantice comunicarse con sus<br />
familiares u abogado de confianza y<br />
de no tener un abogado de confianza<br />
el estado debe proporcionarle uno,<br />
a fin de ser asistido por éste desde<br />
el momento en que se inicia la<br />
investigación o una vez señalado<br />
como imputado; de igual manera,<br />
de no hablar el castellano el derecho<br />
de ser asistido gratuitamente por un<br />
traductor (a) o intérprete.<br />
El imputado en la búsqueda de<br />
esclarecer la verdad, puede solicitar<br />
al Ministerio Público la práctica de<br />
diligencias destinadas a desvirtuar<br />
las imputaciones que se le<br />
formulen.<br />
REPORTAJE<br />
Tanto nuestra Carta Magna como<br />
el Código Orgánico Procesal Penal<br />
eximen al imputado de dar algún tipo<br />
de declaración, en consecuencia no<br />
está obligado a confesarse culpable<br />
o declarar contra sí mismo; lo podrá<br />
hacer de manera voluntaria si así lo<br />
manifiesta, pero en ningún caso lo<br />
podrá hacer bajo juramento y debe<br />
constar en acta que le fue leído el<br />
precepto constitucional; no puede<br />
ser sometido a maltratos, torturas u<br />
cualquier otro trato cruel, inhumano o<br />
degradante a su dignidad personal, ni<br />
de ser objeto de técnicas o métodos<br />
que alteren su libre voluntad e incluso<br />
su consentimiento.<br />
Los derechos del imputado o<br />
imputada, buscan garantizar en el<br />
proceso la igualdad de las partes,<br />
respetar sus derechos humanos y<br />
garantizar el debido proceso según<br />
los principios que lo orientan y la<br />
legalidad que debe magnificar el<br />
sistema judicial venezolano.<br />
CIRCUITO JUDICIAL PENAL MILITAR | 43