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REPORTAJE<br />

Venezolano la necesidad de aplicar una ley sobre la<br />

violencia de género y observando que no solo era un<br />

problema de índole público sino que también era privado<br />

y que el Estado debía intervenir, la Violencia contra la<br />

Mujer, es una problemática Mundial que representa un<br />

problema de salud y un problema social, que afecta en<br />

todas las esferas de la Sociedad. Es por ello que nuestra ley<br />

está enmarcada dentro de las normas<br />

jurídicas contenidas en la Constitución,<br />

Leyes y Convenios Internacionales que<br />

Venezuela ha suscrito en materia de<br />

Derechos Humanos, y en concordancia<br />

con otras Disposiciones Legales que<br />

conciernen a la Protección de los mismos.<br />

El Objeto de esta Ley Orgánica Sobre el<br />

Derecho de las Mujeres a una Vida Libre<br />

de Violencia, es reconocer la dignidad<br />

de la Mujer, consagrando sus Derechos<br />

Fundamentales como inviolables, al<br />

establecer como Violencia cualquier<br />

forma de Maltrato que menoscabe o anule cualquiera<br />

de sus Derechos Humanos, independientemente de<br />

su forma. Así mismo nos señalan los artículos 7 y 30 de<br />

la mencionada ley, los programas de orientación que<br />

deben seguir los Órganos Jurisdiccionales competentes<br />

en la materia, garantizándoles programas de educación y<br />

prevención sobre la violencia de género, para la formación<br />

de Organismos tanto Municipales como Estadales para el<br />

seguimiento y control de aquellas personas agresoras,<br />

que atenten contra los derechos establecidos en la<br />

constitución y la ley. Ante la dinámica de los cambios que<br />

en materia de garantías a los derechos humanos que se<br />

han realizado en el país, nuestra Fuerza Armada Nacional<br />

Bolivariana no ha sido la excepción y en atención a los<br />

30 | CIRCUITO JUDICIAL PENAL MILITAR<br />

postulados de la Constitución Nacional, se ha adaptado a<br />

la nueva legislación que ampara los derechos de la mujer.<br />

En los actuales momentos nuestra institución ha sufrido<br />

una series de transformaciones, como fue la inclusión de<br />

la mujer en las diferentes casas de estudio desde el año<br />

2000, a quienes se le reconocieron los mismos derechos<br />

que tiene el personal masculino, observándose cambios<br />

estructurales propiciados por ese nuevo<br />

pensamiento militar bolivariano que<br />

en la antigua Fuerza Armada el trato<br />

hacia la mujer en muchos casos era<br />

discriminatorio. Era imposible pensar<br />

que las mujeres llegaran a las diferentes<br />

unidades operativas y a ocupar cargos<br />

de altos mandos y comandos en los<br />

diferentes componentes. Es de resaltar<br />

que en la actualidad Venezuela cuenta con<br />

una Fuerza Armada Nacional Bolivariana<br />

más fortalecida, más equipada y más<br />

adiestrada, donde la mujer tiene un papel<br />

preponderante, dispuesta a combatir al igual que los<br />

hombres ante cualquier agresión. En el año 2010, la Fuerza<br />

Armada Nacional Bolivariana tuvo la Primera Almiranta de<br />

la Armada Bolivariana de Venezuela y así como ella han<br />

seguido numerosas damas que hoy ostentan grados de<br />

Generalas y Almirantas. Igualmente nuestro sistema de<br />

justicia militar cuenta con mujeres preparadas ocupando<br />

cargos Judiciales en todos los niveles, resaltando aquellas<br />

desempeñando labores como Magistrado de la Corte<br />

Marcial y como Fiscal Superior del Ministerio Público<br />

Militar.

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