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Revista Pesca Agosto 2014

La revista Pesca es un medio de información alternativo referido a temas del mar y de la pesquería que, además de informar, agita conciencias y trasmite ideas y corrientes de opinión que tienen por objeto crear conciencia de sostenibilidad de los recursos marinos, de seguridad alimentaria, de cuidado y protección del medio ambiente y ecosistemas acuáticos, de la necesidad de una participación del país más justa en la renta pesquera. Representa una opción de acceso a información alternativa sobre la realidad de nuestra pesquería y la necesidad de dirigirnos hacia una pesquería sustentable para las futuras generaciones, por encima de intereses cortoplacistas que no benefician al ciudadano peruano común y corriente, sino tan solo a una mínima fracción de la población.

La revista Pesca es un medio de información alternativo referido a temas del mar y de la pesquería que, además de informar, agita conciencias y trasmite ideas y corrientes de opinión que tienen por objeto crear conciencia de sostenibilidad de los recursos marinos, de seguridad alimentaria, de cuidado y protección del medio ambiente y ecosistemas acuáticos, de la necesidad de una participación del país más justa en la renta pesquera.

Representa una opción de acceso a información alternativa sobre la realidad de nuestra pesquería y la necesidad de dirigirnos hacia una pesquería sustentable para las futuras generaciones, por encima de intereses cortoplacistas que no benefician al ciudadano peruano común y corriente, sino tan solo a una mínima fracción de la población.

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<strong>Pesca</strong> tradicional<br />

Nasas y trampas: más selectivas, con las medidas adecuadas<br />

para las capturas de, por ejemplo, langostas, pulpo,<br />

etc.<br />

Anzuelo y caña: menos estrés en los peces y más selectivo.<br />

Mientras que en métodos como la pesca de arrastre se<br />

vuelven a arrojar al mar ya muertos hasta un 42% de<br />

los peces pescados, con la pesca artesanal el porcentaje<br />

baja hasta un 3%.<br />

Se necesitan más ayudas a la pesca tradicional.<br />

¿Vas a seguir sin mirar el etiquetado de lo que compras?<br />

Pregunta en tu pescadería habitual, ¡el mar te lo<br />

agradecerá!<br />

¿Quieres saber cuánto pescado se tira muerto por la<br />

borda? ¡Haz un consumo responsable! Mira el siguiente<br />

video:<br />

http://www.youtube.com/watch?v=0-Z_HnwgGYo<br />

Fuente<br />

http://www.sostenibilidad.com/pesca-destructiva-vssostenible/<br />

¿QUÉ ES UN LÍMITE MÁXIMO PERMISIBLE (LMP)<br />

Y PARA QUÉ SIRVE?<br />

El Límite Máximo Permisible (LMP) es la medida de la<br />

concentración o grado de elementos, sustancias o parámetros<br />

físicos, químicos y biológicos, que caracterizan a<br />

un efluente o una emisión, que al ser excedida causa o<br />

puede causar daños a la salud, al bienestar humano y al<br />

ambiente. Su determinación corresponde al Ministerio<br />

del Ambiente y los organismos que conforman el Sistema<br />

Nacional de Gestión Ambiental. Los criterios para la determinación<br />

de la supervisión y sanción son establecidos<br />

por dicho Ministerio.<br />

El LMP guarda coherencia entre el nivel de protección<br />

ambiental establecido para una fuente determinada y los<br />

niveles generales que se establecen en los Estándares de<br />

Calidad Ambiental (ECA). La implementación de estos<br />

instrumentos debe asegurar que no se exceda la capacidad<br />

de carga de los ecosistemas, de acuerdo con las<br />

normas sobre la materia.<br />

Los LMP sirven para el control y fiscalización de los agentes<br />

que producen efluentes y emisiones, a efectos de<br />

establecer si se encuentran dentro de los parámetros<br />

considerados inocuos para la salud, el bienestar humano<br />

y el ambiente. Excederlos acarrea responsabilidad administrativa,<br />

civil o penal, según el caso.<br />

La falta de LMPs en la industria pesquera de CHD es incomprensible.<br />

La consecuencia es la pérdida de eficacia<br />

del marco jurídico y administrativo fiscalizador y represivo<br />

ambiental, ya que las sanciones administrativas y penales<br />

a los potenciales infractores están generalmente<br />

referenciados a los parámetros de medición de contaminantes.<br />

Decreto Supremo Nº 010-2008-PRODUCE<br />

Limites máximos permisibles (LMP) para la Industria de<br />

Harina y Aceite de <strong>Pesca</strong>do y Normas Complementarias<br />

El presente Decreto establece los LMPs para los efluentes<br />

de la Industria de Harina y Aceite de <strong>Pesca</strong>do, en los<br />

parámetros: Aceites y Grasas, Sólidos suspendidos totales,<br />

ph y demanda bioquímica de oxigeno. Estos limites<br />

varían según el ámbito donde se realiza la descarga:<br />

1. LMP de los efluentes que serán vertidos de la zona<br />

de protección ambiental Litoral<br />

2. LMP de los efluentes que serán vertidos fuera de la<br />

zona de protección ambiental litoral<br />

La R.M. N° 293-2013-PRODUCE del 27 de setiembre del<br />

2013 dispone la publicación del Proyecto del Protocolo<br />

para el Monitoreo de Efluentes y Cuerpo Hídrico Receptor<br />

para los Establecimientos Industriales Pesqueros de<br />

Consumo Humano Directo e Indirecto, en el Diario Oficial<br />

“El Peruano” y en la página web del Ministerio de la Producción,<br />

www.produce.gob.pe, a efectos de recibir las<br />

sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general<br />

por el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir<br />

del día siguiente su publicación.<br />

<strong>Revista</strong> <strong>Pesca</strong> <strong>Agosto</strong> <strong>2014</strong> 34

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