Laboral - AELE
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ESCENAS LABORALES<br />
• PROGRAMA DEL MTPS:<br />
PROEMPLEO<br />
Más de 28 mil 700 personas de Lima<br />
Metropolitana accedió en años recientes<br />
a un puesto laboral gracias al apoyo del<br />
Sistema Nacional de Colocaciones<br />
(Proempleo), implementado por el MTPS.<br />
En recientes declaraciones vertidas<br />
a un diario local, un funcionario del sector<br />
señaló que 17,950 personas fueron<br />
captadas en la sede central del MTPS,<br />
mientras que 10,819 se emplearon luego<br />
de su inscripción en los Centros de<br />
Colocación e Información <strong>Laboral</strong> (CIL)<br />
y la Oficina de Proempleo en la provincia<br />
del Callao, entre enero de 1998 y<br />
febrero del 2000.<br />
Las empresas que requieran personal,<br />
y los trabajadores que necesiten un puesto<br />
de trabajo pueden solicitarlo en forma<br />
totalmente gratuita a Proempleo, quien<br />
propicia un acercamiento entre la oferta<br />
y la demanda en el mercado laboral.<br />
• DATOS SAFP:<br />
Semana del 10 al 16 de Abril<br />
De acuerdo a la información establecida<br />
en el Boletín Infomativo Semanal<br />
Nº 16-2000 de la Superintendencia<br />
de Administradoras Privadas de Fondos<br />
de Pensiones, al 16 de Abril, el total<br />
de afiliados fue de 2 293 824 trabajadores,<br />
incorporándose durante la<br />
semana bajo comentario 5 495, cifra<br />
inferior en 1 500 personas respecto a<br />
la semana anterior.<br />
El valor acumulado del Fondo de<br />
Pensiones fue S/. 8 875,4 millones mostrando<br />
una disminución respecto a la<br />
semana anterior de S/.66,9 millones.<br />
• ESSALUD: Nuevo Policlínico<br />
Juan José Rodríguez Lazo<br />
En reciente comunicado ESSALUD ha<br />
señalado que a partir del día jueves 13<br />
de Abril todos los asegurados cuya dirección,<br />
de acuerdo a los registros de<br />
la mencionada Institución, figure en los<br />
distritos de Chorrillos y Barranco serán<br />
atendidos en el nuevo Policlínico Juan<br />
José Rodríguez Lazo, ubicado en la Av.<br />
Guardia Peruana y Av. Los Gorriones -<br />
Urb. La Campiña, Chorrillos.<br />
Asimismo, a partir del día lunes 17<br />
de Abril, todos los asegurados de los<br />
distritos de Miraflores y San Isidro, serán<br />
atendidos en el Hospital Angamos.<br />
• ARRENDAMIENTO DE VIVIEN-<br />
DA: Afecto a Impuesto a la Renta<br />
5ta. Categoría<br />
La Resolución del Tribunal Fiscal N°<br />
1299-1-97 del 12.12.97 que resuelve el<br />
Expediente N° 4630-95 del 12.12.97,<br />
estableció que los ingresos indicados en<br />
el art. 34° del TUO de la Ley del Impuesto<br />
a la Renta, ahora aprobado por<br />
D.S. N° 054-99-EF de 14.04.99, son<br />
rentas afectas con el impuesto a la Renta<br />
de quinta categoría.<br />
Determina el Tribunal que la norma<br />
acotada establece que se consideran<br />
rentas de quinta categoría las compensaciones<br />
en dinero o en especie, entre<br />
ellas, las sumas abonadas por la empresa<br />
por concepto de arrendamiento<br />
de vivienda para su empleado.<br />
En este caso el Dictamen de la Vocal<br />
ponente estableció que la empresa celebró<br />
un contrato de trabajo con el trabajador,<br />
el mismo que estipulaba que<br />
la "empresa debía proporcionarle vivienda<br />
durante la vigencia del contrato,<br />
que el contrato se renovó entre 1983<br />
y 1993 cada dos años". El trabajador<br />
para estos efectos tenía la calidad de<br />
domiciliado. Agrega el dictamen que de<br />
acuerdo a ley se consideran como rentas<br />
de quinta a aquellas obtenidas por<br />
concepto del trabajo personal prestado<br />
en relación de dependencia, vale decir,<br />
toda retribución por servicios personales<br />
que se propórcione como remuneración<br />
y no como condición de trabajo.<br />
• EMPRESA DE SERVICIOS:<br />
Cierre de local (SUNAT)<br />
La SUNAT práctica una variación<br />
sustancial en los casos de empresas de<br />
servicios complementarios, es decir las<br />
dedicadas a proporcionar personal para<br />
labores de mantenimiento, servicios contables,<br />
computación, limpieza, etc, cuando<br />
incurra en determinadas infracciones<br />
tributarias.<br />
Una mirada al pasado<br />
Información tomada de Análisis<br />
<strong>Laboral</strong> Nº 10, Abril de 1978<br />
• En declaraciones vertidas el día 5 de<br />
abril a un diario local, el Ministro de<br />
Trabajo, Teniente General FAP José<br />
García Calderón declaró que en unos<br />
60 días debería estar listo el Reglamento<br />
de la nueva Ley de Estabilidad<br />
<strong>Laboral</strong>. Señaló asimismo que su Portafolio<br />
estudiaría cada una de las sugerencias<br />
porque la propia ley indica<br />
que será el Ministerio de Trabajo el<br />
que se encargará de la correspondiente<br />
reglamentación.<br />
• La Federación de Empleados Bancarios<br />
FEB demandó el día 5 de abril la<br />
derogatoria de la "Ley de Estabilidad<br />
<strong>Laboral</strong>", recientemente promulgada<br />
por el Gobierno y para su reemplazo<br />
han elaborado un proyecto alternativo<br />
de la Ley <strong>Laboral</strong> que ya han entregado<br />
al Ministerio de Trabajo.<br />
• El Presidente de la República, Francisco<br />
Morales Bermudez, impartió los lineamientos<br />
políticos concretos que<br />
plasmen en breve la implementación<br />
de la Seguridad Social entre los transportistas<br />
del país cuyo número supera<br />
los 250 mil choferes.<br />
• El Gobierno decretó mediante D.S. Nº<br />
07-78-IN del 11 de abril el Estado de<br />
Emergencia y la suspensión de Garantías<br />
Constitucionales en la Provincia de<br />
Ilo "teniendo en cuenta la prolongada<br />
paralización de labores que están llevando<br />
a cabo los Sindicatos de Empleados<br />
de la Southern Perú Copper<br />
Corporation-Area Ilo y el Sindicato de<br />
Trabajadores Metalúrgicos de Ilo, desde<br />
el 27 de Marzo de 1978, afectando<br />
la economía del país..."<br />
• Según el Diario La Prensa del 3 de abril<br />
la Federación Departamental de Trabajadores<br />
de Arequipa (FDTA) decretó<br />
una huelga general indefinida pidiendo<br />
la solución de un pliego de reclamos<br />
de once puntos, en el cual hacen<br />
mención a la reposición de trabajadores<br />
despedidos, derogatoria del<br />
D.L. 22126 que "anula la estabilidad<br />
laboral" y aumento de sueldos y salarios<br />
de acuerdo al alza del costo de<br />
vida, entre otros.<br />
ABRIL 2000 7