Informe - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
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<strong>Instituto</strong> <strong>Geográfico</strong> <strong>Agustín</strong> <strong>Codazzi</strong>, IGAC<br />
74<br />
oficina de catastro, que se protocolizará<br />
en la escritura pública<br />
respectiva para su inscripción en<br />
el Registro.<br />
Se pretende así que el certificado,<br />
expedido por la Autoridad<br />
Catastral correspondiente, en el<br />
cual se registran los colindantes,<br />
medidas, coordenadas precisas<br />
y otros datos, reemplace la descripción<br />
de linderos del inmueble,<br />
quitando la subjetividad en la<br />
transcripción de los mismos que<br />
genera en muchos casos, que<br />
información sobre la misma unidad<br />
predial no sea coincidente<br />
en el IGAC y en la SNR. Para los<br />
cambios físicos en los predios<br />
también operará la radicación<br />
previa ante el catastro de los<br />
planos y licencias de urbanismo<br />
de los proyectos de subdivisión,<br />
parcelación o loteo de predios,<br />
partiendo así en estos eventos,<br />
de información oficial.<br />
En razón a los impactos que tendrán<br />
las nuevas medidas del uso<br />
obligatorio del certificado plano<br />
predial catastral, se requiere por<br />
parte de las dos Entidades adelantar<br />
los procesos y emprender<br />
planes y programas estratégicos<br />
a diferentes niveles y con diferentes<br />
actores con el fin de masificar<br />
su uso, sin que esto implique<br />
traumatismo para el sector inmobiliario.<br />
Actualmente cursa ante el IGAC<br />
y la SNR un proyecto de decreto<br />
reglamentario para la interrelación,<br />
que busca llenar los vacíos<br />
reglamentarios que sobre la misma<br />
existen. El decreto prevé que<br />
a través de actos administrativos<br />
expedidos por los representantes<br />
legales del IGAC y de la SNR, de<br />
manera progresiva se de vía a la<br />
interrelación permanente ciudad<br />
por ciudad teniendo en cuenta<br />
las condiciones tecnológicas,<br />
económicas y operativas de las<br />
instituciones. Igualmente, el proyecto<br />
de decreto consagra una<br />
nueva definición de predio, lo que<br />
permitirá que cada nuevo predio<br />
existente físicamente o proyectado,<br />
nazca con un folio y número<br />
predial el cual estará reflejado en<br />
las bases de datos de las dos entidades<br />
de manera unificada.<br />
Otro aspecto importante dentro<br />
del proceso es la definición del<br />
número único de identificación<br />
predial, el cual tiene como objetivo<br />
que a futuro el predio esté<br />
identificado de la misma manera<br />
en las dos Entidades; número que<br />
además, cumplirá mínimo con las<br />
siguientes características: único,<br />
permanente e independiente.<br />
Hoy las dos Instituciones adelantan<br />
conjuntamente los planes de<br />
acción e implementación de la<br />
fase tres del proyecto para así<br />
dar cumplimiento a las metas del<br />
actual plan de desarrollo consistentes<br />
en tener interrelacionados<br />
inicialmente 707 municipalidades<br />
y al finalizar el cuatrienio, 10<br />
ciudades capitales de manera permanente.<br />
Los resultados obtenidos hasta<br />
finales del mes de marzo con la interrelación<br />
de 72 municipios, que<br />
comprenden aproximadamente 1<br />
millón de predios de diferentes departamentos<br />
y regiones del país,<br />
nos permite al IGAC y la SNR, trazar<br />
directrices sobre el manejo y<br />
depuración de las bases de datos.<br />
El proceso de interrelación inicial –<br />
ICARE, cumple así otro propósito<br />
adicional para el cual fue inicialmente<br />
creado, el cual es, servir<br />
de apoyo en el diagnóstico sobre<br />
el estado y calidad de los datos<br />
para que las instituciones emprendan<br />
acciones concretas y busquen<br />
un mejoramiento continuo en sus<br />
procesos.<br />
El proyecto busca entre otros<br />
beneficios dar seguridad en<br />
las transacciones inmobiliarias<br />
proporcionando certeza a los<br />
propietarios sobre la descripción<br />
de su predio en relación con la<br />
realidad del terreno, como consecuencia<br />
de la inclusión del<br />
certificado plano predial catastral<br />
para la descripción única de<br />
la ubicación, dimensión, linderos<br />
y forma de los inmuebles y la<br />
asignación de un número común<br />
de interrelación, apoyados en los<br />
criterios técnicos, institucionales<br />
y legales definidos para ello; dar<br />
confianza en las instituciones; y<br />
lograr la disminución en tiempos<br />
de trámites, percibiéndose por<br />
parte de los usuarios una modernización<br />
del Estado.<br />
Estos cuatro años de trabajo conjunto<br />
con la SNR, ha permitido<br />
visionar y consolidar la interrelación<br />
como un sistema legal,<br />
institucional y técnico por medio<br />
del cual, se debe establecer<br />
el enlace de los datos prediales e<br />
inmobiliarios comunes del registro<br />
y del catastro, permitiendo el<br />
intercambio de información interinstitucional<br />
de manera óptima,<br />
efectiva, segura y automática.<br />
5.4 e-c@tastro<br />
Colombia habla de gestión catastral,<br />
entendida como el conjunto<br />
de operaciones técnicas, tecnológicas<br />
y administrativas orientadas<br />
a la adecuada utilización de la información<br />
catastral en la toma<br />
de decisiones que afecten el territorio.<br />
El e-catastro se consolida<br />
como la herramienta fundamental<br />
que consolida la gestión catastral<br />
al servicio del ciudadano.<br />
Los beneficios del e-catastro no<br />
se encuentran en el uso de las<br />
tecnologías por si mismas, sino<br />
en la mejora de los procesos. El