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deuda externa alejandro olmos

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3 o Serán tareas de la Comisión Bicameral para el Seguimiento de la Deuda<br />

Externa:<br />

I - Elaborar y difundir en un plazo no superior a 180 (ciento ochenta) días<br />

un informe referido a las pruebas documentales, testimoniales y periciales<br />

que obran en la causa 14,467 -caratulada "Olmos, Alejandro<br />

SI Denuncia"-tramitada ante el Juzgado Nacional de Instrucción en lo<br />

Criminal y Correccional Federal N" 2 a cargo del doctor Jorge Ballesteros<br />

[sic], Secretaría N° 6 del doctor Sergio Paduszak.<br />

II - Determinar el nivel de en<strong>deuda</strong>miento externo público y privado del<br />

país a partir del 24 de marzo de 1976 hasta la fecha (setiembre 1994).<br />

- Identificar a los acreedores externos y a los funcionarios y lo empresarios<br />

que contrajeron la <strong>deuda</strong> <strong>externa</strong> argentina en el período señalado.<br />

- Establecer el perfil de los futuros vencimientos de la <strong>deuda</strong> <strong>externa</strong><br />

argentina.<br />

- Elaborar y difundir un estudio de los acuerdos para la refinanciación<br />

y lo arreglo de la <strong>deuda</strong> <strong>externa</strong> que hayan celebrado representantes<br />

del Estado Nacional con organismos internacionales de crédito<br />

durante el período señalado.<br />

- Elaborar y difundir un estudio acerca de la aprobación o desecho de<br />

las cuentas de inversión que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo<br />

75, inciso 6 o (ex 67, inc. 7 o ) de la Constitución Nacional haya<br />

hecho el Congreso de la Nación a partir del 10 de diciembre de 1983.<br />

III - Supervisar y recomendar la aprobación o desecho de las negociaciones<br />

que el PEN realice con el fin de contraer empréstitos de dinero sobre<br />

el crédito de la Nación.<br />

- Supervisar y recomendar la aprobación o desecho de las tramitaciones<br />

que realice el PEN con el fin de arreglar el pago de la <strong>deuda</strong><br />

<strong>externa</strong> de la Nación.<br />

- Analizar las previsiones que en referencia a la <strong>deuda</strong> <strong>externa</strong> se contemplen<br />

en el proyecto de presupuesto anual de gastos de administración<br />

de la Nación elaborado por el PEN y recomendar su aprobación,<br />

modificación o rechazo.<br />

- Analizar los rubros referentes a la <strong>deuda</strong> <strong>externa</strong> que se imputen en<br />

la cuenta de inversión que el PEN remita anualmente.<br />

4 o La Comisión Bicameral de la Deuda Externa queda facultada para requerir<br />

información y lo asesoramiento de especialidades y de entidades<br />

públicas y privadas.<br />

Este Proyecto lleva la firma de los siguientes diputados: Alfredo Bravo,<br />

Héctor Polino, Ricardo Molinas, Guillermo Estévez Boero, Graciela Fernández<br />

Meijide, Fernando Solanas, José Gabriel Dumon, Cristina Zuccardi,<br />

Juan H. González Gavióla, Ricardo Filgueras, Elisa Carca, Gastón H. Ortiz<br />

Maldonado, Federico Storani y Antonio Achem.<br />

Entrado el Proyecto, el mismo fue girado a las Comisiones de Economía<br />

y de Presupuesto y Hacienda. La primera de esas comisiones aprobó,<br />

por unanimidad, dicho proyecto al cual se le introdujeron algunas modifi-<br />

218<br />

caciones. Se limitó el ámbito de la comisión que se creaba a la Cámara de<br />

piputados.<br />

Con sus modificaciones, el Proyecto pasó a la Comisión de Presupuesto y<br />

Hacienda, como paso previo a su tratamiento final por la Cámara. El diputado<br />

Osear Lamberto preside dicha Comisión. Es el mismo diputado que, con<br />

xnotivo de la edición de esto libro, le entregó a Menem un ejemplar del mismo.<br />

Lo hizo en nombre del Bloque Justicialista y advirtiéndole que, en esta<br />

obra, estaban señalados los responsables de la situación del país a través de<br />

la historia de la <strong>deuda</strong>. Ese mismo diputado que difundió este libro en la Cámara<br />

de sus pares, me hace llegar un mensaje con relación a la proyectada<br />

Comisión de la <strong>deuda</strong> <strong>externa</strong>. Y el mensaje era el siguiente: el Bloque de la<br />

mayoría (¿justicialista) había decidido que el proyecto no se trate.<br />

Nuevamente eludía el Congreso el mandato constitucional de la atención de<br />

la <strong>deuda</strong>. Los intereses dominantes imponían silencio a los diputados.<br />

Y otro, del gobierno, contra la Nación<br />

Coincidente con la decisión del bloque de la mayoría de la Cámara de Diputados<br />

(¿justicialista) resolviendo no tratar la formación de la "Comisión de<br />

la Deuda Externa", tuvo entrada -en la misma Cámara- el Proyecto de Ley<br />

de Presupuesto para 1996 que, en momentos en que escribo esto, se halla a<br />

consideración de esa rama del Congreso.<br />

El proyecto de Presupuesto incluye el pago de más de 11.000 millones<br />

de dólares para intereses de la <strong>deuda</strong> <strong>externa</strong> y amortizaciones, y prevé,<br />

también, un nuevo en<strong>deuda</strong>miento por más de 8.000 millones de dólares. Es<br />

la <strong>deuda</strong> que se multiplica, a medida que se paga...<br />

Pero este Proyecto de Presupuesto contiene un artículo que fulmina a<br />

los legisladores que lo aprueben con la condena del Art. 29 de la Constitución<br />

y del 227 del Código Penal.<br />

Ese artículo es el 8 o de dicho proyecto. Por el referido artículo se faculta a<br />

la Secretaría de Hacienda (Min. de Economía) a operar en la compra-venta de<br />

instrumentos financieros, tales como bonos o acciones, pases de moneda, títulos,<br />

tasas de interés, opciones y cualquier otro instrumento del mercado de derivados.<br />

Esto es, productos de la más alta especulación y que, hasta ahora, monopolizaron<br />

los mercaderes del dinero a expensas de la producción y del<br />

trabajo. Por ese artículo el Estado deja de ser contralor del mercado para convertirse<br />

en un operador más del mercado financiero, con capacidad "legal" para<br />

competir con los clásicos traficantes de le especulación.<br />

Esto se agrava con la siguiente parte del mismo artículo. Y es la que establece<br />

que estas "transacciones" se realizarán por entidades ad-hoc. Es decir<br />

que, a nivel del gobierno, se formarán firmas para actuar en el mercado.<br />

Es posible que, en mérito a esta norma, de la indignidad nacional, se dé el<br />

caso de funcionarios del Estado que armen su propia "mesa de dinero" o su<br />

propia "banca" para intervenir en el mercado.<br />

Finalmente, la última parte del mismo artículo conlleva la necesidad de<br />

una convocatoria nacional en defensa de la soberanía del país frente a quíe-<br />

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