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Sistemas complejos y gestión ambiental: - ERA

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administración <strong>ambiental</strong>. El enorme esfuerzo detrás del diseño y puesta en<br />

marcha de instrumentos de gestión <strong>ambiental</strong> generalmente no cuenta con el<br />

reconocimiento suficiente. Generalmente, estos procesos llevan muchos años y<br />

transitan por caminos azarosos debido a las tensiones que generan en las relaciones<br />

de poder entre los interesados. Este es el caso de uno de los instrumentos<br />

más innovadores de la administración <strong>ambiental</strong> en México: las unidades<br />

de manejo para la conservación de la vida silvestre, conocidas como UMA, y su<br />

normatividad correspondiente, la Ley General de Vida Silvestre. En parte se<br />

debe a que no hay registros sistemáticos que den cuenta de estos procesos y sus<br />

protagonistas.<br />

Aquí revisamos dos de estos instrumentos por la importancia que tienen<br />

para la toma de decisiones en los corredores biológicos: ordenamiento ecológico<br />

del territorio y compensación por servicios <strong>ambiental</strong>es. Son dos instrumentos<br />

que quedan en el vacío cuando la toma de decisiones es sólo estratégica<br />

con acciones operativas y se omite la toma de decisiones tácticas. En<br />

términos sistémicos quiere decir que los metaprocesos no son sujetos de la<br />

gestión <strong>ambiental</strong> y por tanto difícilmente de encauzar hacia el desarrollo sustentable.<br />

Ordenamiento ecológico del territorio<br />

El ordenamiento ecológico del territorio es el instrumento de planeación <strong>ambiental</strong><br />

más avanzado con que cuenta la administración <strong>ambiental</strong> hoy día. Por<br />

eso, contar con el ordenamiento ecológico del territorio (OET) ha sido por<br />

décadas uno de los mayores anhelos de los encargados de la administración<br />

<strong>ambiental</strong>. El OET aporta las bases científico-técnicas que elevan la calidad de<br />

las negociaciones en los contextos táctico y operativo.<br />

Éste es el caso del OET del territorio costero de Yucatán. Uno de sus<br />

antecedentes que es justo mencionar para este ordenamiento es el “Marco de<br />

referencia para el manejo de la zona costera del estado de Yucatán”, elaborado<br />

por el Comité Estatal de Consultoría Ecológica. Este documento se editó<br />

como Documento Técnico Núm.1 en diciembre de 1995. Un apartado titulado<br />

“Recomendación”, en la p. 54, dice: “Por miembros del CECE recomendamos<br />

que partiendo de este primer documento y para aterrizar el marco de referencia<br />

para el manejo integral de la zona costera del estado de Yucatán, las autoridades<br />

gubernamentales a través de sus organismos idóneos deberá elaborar a<br />

corto plazo el Programa de Ordenamiento Ecológico del territorio costero. El<br />

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