Sistemas complejos y gestión ambiental: - ERA
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administración <strong>ambiental</strong>. El enorme esfuerzo detrás del diseño y puesta en<br />
marcha de instrumentos de gestión <strong>ambiental</strong> generalmente no cuenta con el<br />
reconocimiento suficiente. Generalmente, estos procesos llevan muchos años y<br />
transitan por caminos azarosos debido a las tensiones que generan en las relaciones<br />
de poder entre los interesados. Este es el caso de uno de los instrumentos<br />
más innovadores de la administración <strong>ambiental</strong> en México: las unidades<br />
de manejo para la conservación de la vida silvestre, conocidas como UMA, y su<br />
normatividad correspondiente, la Ley General de Vida Silvestre. En parte se<br />
debe a que no hay registros sistemáticos que den cuenta de estos procesos y sus<br />
protagonistas.<br />
Aquí revisamos dos de estos instrumentos por la importancia que tienen<br />
para la toma de decisiones en los corredores biológicos: ordenamiento ecológico<br />
del territorio y compensación por servicios <strong>ambiental</strong>es. Son dos instrumentos<br />
que quedan en el vacío cuando la toma de decisiones es sólo estratégica<br />
con acciones operativas y se omite la toma de decisiones tácticas. En<br />
términos sistémicos quiere decir que los metaprocesos no son sujetos de la<br />
gestión <strong>ambiental</strong> y por tanto difícilmente de encauzar hacia el desarrollo sustentable.<br />
Ordenamiento ecológico del territorio<br />
El ordenamiento ecológico del territorio es el instrumento de planeación <strong>ambiental</strong><br />
más avanzado con que cuenta la administración <strong>ambiental</strong> hoy día. Por<br />
eso, contar con el ordenamiento ecológico del territorio (OET) ha sido por<br />
décadas uno de los mayores anhelos de los encargados de la administración<br />
<strong>ambiental</strong>. El OET aporta las bases científico-técnicas que elevan la calidad de<br />
las negociaciones en los contextos táctico y operativo.<br />
Éste es el caso del OET del territorio costero de Yucatán. Uno de sus<br />
antecedentes que es justo mencionar para este ordenamiento es el “Marco de<br />
referencia para el manejo de la zona costera del estado de Yucatán”, elaborado<br />
por el Comité Estatal de Consultoría Ecológica. Este documento se editó<br />
como Documento Técnico Núm.1 en diciembre de 1995. Un apartado titulado<br />
“Recomendación”, en la p. 54, dice: “Por miembros del CECE recomendamos<br />
que partiendo de este primer documento y para aterrizar el marco de referencia<br />
para el manejo integral de la zona costera del estado de Yucatán, las autoridades<br />
gubernamentales a través de sus organismos idóneos deberá elaborar a<br />
corto plazo el Programa de Ordenamiento Ecológico del territorio costero. El<br />
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