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Reglamento Contabilidad - Ayuntamiento de San Fernando

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presupuestaria se mostrará sin incluir los resultados y datos <strong>de</strong> dicha empresa municipal,mediante informe diferenciado que contendrá los datos correspondientes al <strong>Ayuntamiento</strong> y susOrganismos Autónomos.TÍTULO SEGUNDO: CONTROL Y FISCALIZACIÓN.CAPÍTULO I – OBJETO, NORMATIVA APLICABLE Y COMPETENCIAS.ARTÍCULO 33º.- OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.Constituye el objeto <strong>de</strong>l Título Segundo <strong>de</strong> este <strong>Reglamento</strong> la regulación <strong>de</strong> las funciones <strong>de</strong>control interno respecto <strong>de</strong> la gestión económica <strong>de</strong>l <strong>Ayuntamiento</strong>, sus Organismos Autónomos yla Sociedad Mercantil <strong>de</strong> capital íntegramente municipal ESISA.La normativa aplicable será la contenida en el Texto Refundido <strong>de</strong> la Ley Reguladora <strong>de</strong> lasHaciendas Locales (TRLHL) aprobado por RDL 2/2004, <strong>de</strong> 5 <strong>de</strong> marzo, el RD 500/1990, <strong>de</strong> 20 <strong>de</strong>Abril, y supletoriamente, en la Ley 47/2003, <strong>de</strong> 26 <strong>de</strong> noviembre, General Presupuestaria.ARTÍCULO 34º.- COMPETENCIAS.Las funciones <strong>de</strong> control interno, en su triple acepción <strong>de</strong> función interventora, función <strong>de</strong> controlfinanciero y función <strong>de</strong> control <strong>de</strong> eficacia, se ejercerán por la Intervención General con laextensión y efectos que se <strong>de</strong>terminan en este Título Segundo.ARTÍCULO 35º.- INDEPENDENCIA FUNCIONAL.1. La Intervención General ejercerá estas funciones con plena in<strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia, con las siguientesfaculta<strong>de</strong>s:a) Recabar cuantos antece<strong>de</strong>ntes consi<strong>de</strong>re necesarios.b) Efectuar el examen y comprobación <strong>de</strong> cuantos documentos gráficos e informáticos consi<strong>de</strong>reprecisos.c) Verificar recuentos, certificados <strong>de</strong> <strong>de</strong>pósitos y arqueos efectuados por la Tesorería Municipal.d) Solicitar <strong>de</strong> cualquier órgano municipal la emisión <strong>de</strong> informe técnico cuando sea preciso parala correcta fiscalización.e) Solicitar el auxilio <strong>de</strong> cualquier autoridad, funcionario o empleado municipal en el ejercicio <strong>de</strong>sus funciones.f) Acce<strong>de</strong>r a todas las <strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncias municipales en el ejercicio <strong>de</strong> sus funciones.g) Acce<strong>de</strong>r a las obras municipales y ser auxiliados por los técnicos municipales para laverificación <strong>de</strong> certificaciones <strong>de</strong> obra y facturas que documenten la realización <strong>de</strong> dichas obras.2. A los citados efectos, y sin perjuicio <strong>de</strong> las funciones correspondientes al Alcal<strong>de</strong>- Presi<strong>de</strong>nte oConcejal en que <strong>de</strong>legue relativas a la dirección <strong>de</strong> la Administración Municipal, el personalmunicipal afecto al Servicio Municipal <strong>de</strong> Intervención seguirá las instrucciones y será dirigido ensus funciones por el Interventor General.3. El personal municipal que preste sus servicios en la Oficina Municipal <strong>de</strong> GestiónPresupuestaria estará afecto y será dirigido por el Alcal<strong>de</strong>-Presi<strong>de</strong>nte y Concejal Delegado <strong>de</strong>Hacienda y Control <strong>de</strong> Gestión.

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