13.07.2015 Views

Untitled - Secretaría del Trabajo y Previsión Social

Untitled - Secretaría del Trabajo y Previsión Social

Untitled - Secretaría del Trabajo y Previsión Social

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

NMX-R-025-SCFI-2009Política Nacional de Igualdad: Mecanismo que establece las accionespara lograr la igualdad sustantiva en los ámbitos económico, político, socialy cultural. Algunos lineamientos que deberá considerar son: promover laigualdad de acceso y el pleno disfrute de los derechos sociales para lasmujeres y los hombres, y promover la eliminación de estereotipos creadosen función <strong>del</strong> sexo. Emana de la Ley General para la Igualdad entreMujeres y Hombres.Previsión social: Toda prestación o beneficio para las y los trabajadores,sus familiares o beneficiarios/as, cuyo propósito es elevar su nivel de vidaeconómico, social y cultural de forma integral.Rol productivo: Actividades que generan ingresos, reconocimiento,poder, autoridad y estatus, y que generalmente se desarrollan en el ámbitopúblico.Rol reproductivo: Actividades relacionadas con la reproducción humana yaquellas dirigidas a garantizar el bienestar y la supervivencia de la familia,es decir, la crianza y la educación de las hijas e hijos, la preparación dealimentos, el aseo de la vivienda, la administración de los recursos, elsostén emocional, la preparación para el trabajo y la escuela, entre otras.STPS: Secretaría <strong>del</strong> <strong>Trabajo</strong> y Previsión <strong>Social</strong>.Segregación ocupacional: Tendencia que ubica a mujeres y hombresen ciertos empleos y actividades dentro de la estructura ocupacional,establecida más por el sexo de la persona que por sus facultades yopciones. Se caracteriza por la exclusión de las mujeres y de los hombresde ocupaciones consideradas como no propias de su sexo, por lo cual limitala participación de las mujeres en actividades consideradas “masculinas”,como las agropecuarias, las de construcción, de comunicaciones ytransportes, y de administración pública y defensa; y en el caso de loshombres, se les limita su participación en aquellas actividades que seperciben como “femeninas”, como las de transformación (maquiladora,manufactura), comercio y servicios.Segregación horizontal: Concentración, por condiciones de discriminaciónen sectores y empleos específicos.Segregación vertical: Concentración, por condiciones de discriminaciónen grados y niveles específicos de jerarquía y responsabilidad de puestos.12

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!