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Untitled - Secretaría del Trabajo y Previsión Social

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Norma mexicana para la igualdad laboral entre mujeres y hombres5.3 Durante el periodo de la vigencia <strong>del</strong> certificado se deberá efectuar unavisita de vigilancia anual, previo aviso a la organización interesada, con almenos 5 días hábiles de anticipación, debiéndose demostrar el cumplimientode los requisitos establecidos en la Tabla 1 y en los puntos críticos, a fin deconservar el certificado.5.4 Se suspenderá el certificado en caso de que el puntaje obtenido en larevisión se encuentre entre 181 y 190 puntos, siempre y cuando cumpla conlos puntos críticos. La organización tendrá un plazo de 60 días naturales parainstrumentar un plan de acciones correctivas. El plazo total de suspensiónno deberá ser mayor a 4 meses, dentro de los cuales deberán haberseimplementado la totalidad de las acciones correctivas, en caso contrario, seprocederá a su cancelación.5.5 Se cancelará el certificado en caso de que el puntaje obtenido en la revisiónsea igual o menor a 180 o cuando la organización incumpla alguno de lospuntos críticos; en este último caso no se considerará el puntaje obtenido aúncuando sea aprobatorio.5.6 La recertificación será solicitada por la organización interesada alorganismo de certificación acreditado, antes de que concluya la vigencia desu certificación, para lo cual deberá mantener en la visita de recertificación elpuntaje obtenido previamente o mejorarlo, de acuerdo a la Tabla 1, siemprecumpliendo los puntos críticos.5.7 En caso de que la organización certificada haga cambios en sus procesosque puedan afectar la validez <strong>del</strong> certificado, deberá notificar al Organismoque emitió el certificado y éste tendrá la facultad de realizar, en caso de sernecesario, una visita extraordinaria para evaluar el impacto de los cambios.6 MARCAEl uso de la marca “Emblema Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres”por parte de las organizaciones certificadas, quedará sujeta a las condicionesestablecidas en las reglas de uso de la marca que establezca la Secretaría <strong>del</strong><strong>Trabajo</strong> y Previsión <strong>Social</strong>.7 VIGENCIALa presente norma mexicana entrará en vigor 60 días naturales después de lapublicación de su declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.43

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