13.07.2015 Views

REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN ... - Conocer

REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN ... - Conocer

REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN ... - Conocer

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

<strong>REG<strong>LA</strong>M<strong>EN</strong>TO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong>L <strong>SEGURO</strong> <strong>SOCIAL</strong> <strong>EN</strong> MATERIA <strong>DE</strong> AFILIACIÓN, C<strong>LA</strong>SIFICACIÓN <strong>DE</strong> EMPRESAS, RECAUDACIÓN YFISCALIZACIÓNCámara de Diputados del H. Congreso de la UniónÚltima Reforma DOF 15-07-2005Secretaría GeneralSecretaría de Servicios ParlamentariosDirección General de BibliotecasARTÍCULOS TRANSITORIOS <strong>DE</strong> <strong>DE</strong>CRETOS <strong>DE</strong> REFORMA<strong>DE</strong>CRETO que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento de laLey del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación yFiscalización.Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio de 2005ARTÍCULO ÚNICO: Se REFORMAN los artículos 17, segundo párrafo y 52; se ADICIONAN losartículos 46, con un segundo párrafo y 133, con un quinto párrafo, y se <strong>DE</strong>ROGA la fracción II del artículo2, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas,Recaudación y Fiscalización, para quedar en los términos siguientes:..........TRANSITORIOSPRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial de la Federación.SEGUNDO.- Para efectos de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 46 de este Reglamento,durante el plazo de ciento ochenta días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto,solamente los patrones del campo que tengan registrados a más de ochenta trabajadores deberánpresentar los movimientos de afiliación en medios magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magnetoópticos o de cualquier otra naturaleza.Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a losonce días del mes de julio de dos mil cinco.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienday Crédito Público, José Francisco Gil Díaz.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Julio José Frenk Mora.-Rúbrica.- El Secretario del Trabajo y Previsión Social, Francisco Javier Salazar Sáenz.- Rúbrica.113 de 113

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!