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Junio 2016 - nº 13

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Legal IT<br />

Resulta paradójico pensar que España haya sido el tercer país<br />

en regular la firma electrónica, pero que sea de los países que<br />

van a la cola en su uso<br />

Firma electrónica para<br />

administraciones públicas<br />

¿Te avisamos del próximo IT User?<br />

Clicar para<br />

ver el vídeo<br />

operaciones también como las que la ley de Comercio<br />

Electrónico, la cual exige que sean por escrito, también<br />

resultarían igual de válidas que las del resto de<br />

contratos, a excepción de los relativos a Derecho de<br />

Familia y documentos / escrituras públicas.<br />

Tampoco es muy utilizada para la ciudadanía española<br />

ya que solo el 2 o el 3 % utiliza el eDNI, por<br />

lo que hay mucho camino por recorrer. ¿Cuántos ciudadanos<br />

sabían hasta hace relativamente poco que<br />

su DNI lleva incorporado un chip que permite tener<br />

firma electrónica? No muchos. No se tienen en cuenta<br />

las ventajas que puede proporcionar su uso, como<br />

puede ser acabar con las falsificaciones, ya que es<br />

la mejor manera de saber que un documento es del<br />

emisor, puesto que el certificado (ej. FNMT) es personal<br />

e intransferible.<br />

¿Qué ventajas podrían encontrarse en el ámbito<br />

empresarial?<br />

J J Una de ellas es la interoperabilidad, la cual posibilita<br />

que se puede asociar con otros procesos telemáticos,<br />

como la propia factura electrónica, la comunicación<br />

entre empresas privadas o el pago de<br />

impuestos.<br />

J J Pero hay una ventaja potencial que debería interesar<br />

tanto a la empresa pequeña y mediana como<br />

a la grande, que es el ahorro en costes, ya que se<br />

minoran todos los gastos relacionados con tinta de<br />

impresora, gastos de envío y transporte, además<br />

del ahorro del tiempo. Todas estas ventajas deben<br />

ser potenciadas y promocionadas con mayor dedicación<br />

y presupuesto por parte de la Administración<br />

Pública. En el ámbito interno de la empresa, se<br />

prefiere mandar innumerables faxes entre clientes<br />

y proveedores que utilizar la firma electrónica.<br />

Aunque, por otro lado, la obligatoriedad de la factura<br />

electrónica para empresas pequeñas y medidas<br />

puede ser bastante incómoda. El perfil de estas empresas<br />

nada tiene que ver con el de las grandes empresas,<br />

dado el nivel de inversión y recursos económicos<br />

de estos. Habrá que poner menos trabas a las PYMES<br />

puesto que ellas no cuentan con los mismos recursos<br />

económicos para instalar software o apps facilitadoras.<br />

Todavía queda trabajo por hacer.<br />

Aspectos negativos<br />

No olvidemos la existencia de la brecha digital actual,<br />

que, aunque cada vez se está reduciendo más, sigue<br />

viva para algunos ciudadanos e incluso empresas (en<br />

menor medida).<br />

Y lo que es más importante, no podemos desconocer<br />

la lentitud del Derecho a la hora de adaptarse y<br />

regular las nuevas realidades, y para ello la regulación<br />

en esta materia debe ser flexible. La sociedad digital<br />

demanda soluciones ágiles y flexibles que aporten seguridad<br />

jurídica a los millones de transacciones que<br />

se hacen. Y una cosa no está reñida con la otra.<br />

<strong>Junio</strong> <strong>2016</strong>

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