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3. Informe del Tribunal de Cuentas Europeo titulado ¿Contribuye eficazmente la financiación mediante<br />

medidas estructurales de proyectos de infraestructuras de gestión de residuos municipales al logro<br />

por los Estados miembros de los objetivos de la política de residuos de la UE? (Informe especial nº 20,<br />

2012), (http://eca.europa.eu/portal/pls/portal/docs/1/20330752.PDF).<br />

El Tribunal de Cuentas Europeo, examinó la eficacia de la financiación para contribuir a que los Estados<br />

miembros lograsen los objetivos de la política de residuos de la UE, y evaluó directamente el rendimiento<br />

de las veintiséis infraestructuras de gestión de residuos seleccionadas (una muestra), el logro de los objetivos<br />

de la política de residuos de la UE y la ejecución de medidas de apoyo en las ocho regiones donde estaban.<br />

Además, valoró la función desempeñada por la Comisión.<br />

Teniendo en cuenta las conclusiones a las que llega el Tribunal de Cuentas Europeo, la Comisión ha<br />

realizado las siguientes observaciones:<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

Por lo que se refiere a la gestión de los residuos, una de las condiciones relativas a los residuos, propuesta<br />

para 2015-2020, exige que los planes de gestión de residuos de los Estados miembros se ajusten<br />

a los requisitos de la Directiva Marco sobre Residuos, de modo que los Estados miembros ya no podrán<br />

beneficiarse de medidas estructurales si no proporcionan informes completos. Los Estados miembros<br />

deberían crear bases de datos públicas sobre gestión de los residuos, a través del Sistema Compartido<br />

de Información Medioambiental (Shared Environmental Information System, SEIS)».<br />

Asimismo la Comisión ha propuesto condiciones ex ante para la política de cohesión para el período<br />

2015-2020. Por lo que se refiere a la gestión de los residuos, una de las condiciones planteadas obliga a<br />

los Estados miembros a elaborar planes de prevención de residuos, tal como exige el artículo 29 de la<br />

Directiva marco sobre los residuos.<br />

La recogida selectiva se convertirá en 2015 en obligación legal para una serie de residuos (excepto por<br />

lo que se refiere a los residuos biodegradables).<br />

De conformidad con la “Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos” la Comisión<br />

desarrollará políticas destinadas a minimizar el vertido de residuos y a aumentar los porcentajes de reciclado.<br />

A tal fin, es crucial para el éxito del proceso aplicar instrumentos económicos, por ejemplo, los<br />

impuestos sobre los vertidos o los sistemas «pagar por tirar» relacionados con la recogida selectiva<br />

de residuos.<br />

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