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Programa de Residuos Domésticos y Comerciales Asimilables<br />

Programa de Residuos Domésticos y Similares<br />

El sistema está organizado de manera que las fracciones valorizables por sí mismas, sin la necesidad de<br />

aplicar procesos de triaje en instalaciones de selección de titularidad pública, son entregadas a gestores<br />

autorizados para su recuperación, bien a través de los servicios de recogida municipales o bien a través de<br />

Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor del Producto (SCRAPP). Por otro lado,<br />

aquellos residuos que exigen procesos de triaje más exhaustivos y tecnificados, como por ejemplo la fracción<br />

resto o la fracción de residuos de envases ligeros contenidos en los residuos domésticos, son derivados<br />

a las plantas de selección o triaje, de titularidad pública o privada, que intervienen en la red de infraestructuras<br />

de gestión de residuos domésticos y similares, de la Región de Murcia.<br />

La puesta en marcha de un servicio de gestión de residuos domésticos generados en los hogares, comercios<br />

y servicios, es obligatoria (Artículo 12.5 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados)<br />

para las Entidades Locales o Consorcios, al menos, en lo que a su recogida, transporte y tratamiento<br />

se refiere. Sin embargo, la puesta en marcha de un servicio de gestión de residuos comerciales no<br />

peligrosos y domésticos generados en industrias tiene un carácter voluntario para las Entidades Locales,<br />

pudiendo incorporar de manera obligatoria a los productores de estos residuos a dicho sistema, siempre<br />

que se haga de manera motivada y basándose en criterios de mayor eficiencia y eficacia en la gestión de los<br />

residuos.<br />

El servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos domésticos generados en los hogares y el<br />

servicio de gestión de residuos comerciales no peligrosos y domésticos generados en las industrias, cuando<br />

estos últimos son asumidos por las Entidades Locales, son prestados por los municipios de la Región de<br />

Murcia directamente, hay también involucradas empresas privadas concesionarias y otras formas previstas<br />

en la legislación de régimen local (empresas públicas, prestación bajo convenio o acuerdo con Sistemas<br />

Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor del Producto, etc.).<br />

Para la prestación de los dos tipos de servicios anteriores se tiene en cuenta la normativa específica<br />

existente sobre los Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor del Producto (SCRAPP),<br />

permitiendo que en el caso de fracciones específicas, alguna o todas las operaciones de las que consta el<br />

servicio puedan ser desempeñadas por un lado en virtud de acuerdos o convenios con Sistemas Integrados<br />

de Gestión y otros acuerdos con diferentes agentes económicos, o por otro resarciendo económicamente a<br />

la Entidad Local por los costes originados por este servicio. Las normas para la ejecución de estos servicios y<br />

las obligaciones de los productores están desarrolladas mediante las correspondientes Ordenanzas Municipales.<br />

En general las instalaciones y los medios asociados a ellas, destinados a prestar los servicios de recogida<br />

de residuos domésticos y comerciales y de industrias asimilables a domésticos, son de dos tipos:<br />

1. Titularidad pública (tienen la consideración de infraestructuras de carácter básico). Gestionan prioritariamente<br />

residuos domésticos, aunque también pueden prestar servicios para otro tipo de residuos,<br />

siempre que se hayan producido en la Región de Murcia y la operación aplicada al residuo y la capacidad<br />

de las instalaciones lo permitan.<br />

2. Titularidad privada (tienen la consideración de infraestructuras de carácter complementario).Estas,<br />

permiten una adaptación ágil a las condiciones y circunstancias de la gestión de residuos, en áreas<br />

concretas y en periodos determinados.<br />

COMPETENCIAS DE LAS ENTIDADES LOCALES<br />

SERVICIOS DE GESTIÓN DE RESIDUOS DOMÉSTICOS GENERADOS EN HOGARES<br />

SERVICIOS DE GESTIÓN DE RESIDUOS COMERCIALES NO PELIGROSOS<br />

Y DOMÉSTICOS GENERADOS EN INDUSTRIAS<br />

Servicio público obligatorio<br />

Servicio público voluntario<br />

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