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Sobre la base de estos criterios se determina la estructura básica de los residuos objeto de este plan,<br />

identificados consecuentemente según los siguientes flujos generales:<br />

1. RESIDUOS DOMÉSTICOS Y SIMILARES.<br />

INCLUYENDO envases y residuos de envases, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, pilas<br />

y acumuladores.<br />

No se incluye en el alcance de este plan los Subproductos Animales No Destinados a Consumo<br />

Humano (SANDACH), con excepción de los aceites vegetales, considerados residuos desde su recogida<br />

hasta su almacenamiento intermedio en espera de tratamiento que es donde se determina su carácter<br />

como residuo o subproducto animal en función de los tratamientos finales que se les aplique.<br />

2. RESIDUOS INDUSTRIALES Y COMERCIALES.<br />

INCLUYENDO aceites industriales usados, productos fitosanitarios, neumáticos al final de su vida<br />

útil y vehículos al final de su vida útil.<br />

3. RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN.<br />

INCLUYENDO residuos de construcción y demolición.<br />

Se excluyen del alcance del Plan aquellos residuos que quedan fuera del ámbito de aplicación de la Ley<br />

22/2011 según el artículo 2.1. y 2.2.<br />

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