Normativa de Relaciones Laborales
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sus servicios, <strong>de</strong> acuerdo con las reglas <strong>de</strong> higiene, ética y<br />
buenas costumbres, así como con las normas que dicta la<br />
Institución al respecto.<br />
Artículo 21. Dotación <strong>de</strong> uniformes<br />
Para las personas trabajadoras que utilizan uniforme, la Caja<br />
cancelará cuatro (4) uniformes por año al trabajador activo<br />
y a la trabajadora activa según lo establezca el catálogo<br />
<strong>de</strong> uniformes, en los meses <strong>de</strong> enero, abril, julio y octubre<br />
mediante planilla especial y no estará sujeto a cargas sociales.<br />
Cuando el trabajador o la trabajadora se ausentan <strong>de</strong>l trabajo<br />
por periodos iguales o mayores a tres meses, la cancelación<br />
se realizará proporcionalmente y <strong>de</strong> acuerdo con el periodo<br />
o periodos que se ausenta la persona, salvo situación <strong>de</strong><br />
excepción. Dicho catálogo será actualizado anualmente<br />
conforme al índice <strong>de</strong> precios al consumidor. Las personas<br />
trabajadoras están en la obligación <strong>de</strong> usar sus respectivos<br />
uniformes, para presentarse a laborar en su unidad <strong>de</strong> trabajo.<br />
Artículo 22. Vestuario <strong>de</strong> las personas trabajadoras<br />
en áreas administrativas<br />
Con respecto a las personas trabajadoras que laboran en<br />
áreas administrativas, éstas <strong>de</strong>ben observar lo establecido<br />
en las circulares emitidas para los efectos.<br />
Artículo 23. Dotación y portación <strong>de</strong> carné <strong>de</strong><br />
i<strong>de</strong>ntificación<br />
Todos los funcionarios y las funcionarias están en la obligación<br />
<strong>de</strong> portar en un lugar visible el carné <strong>de</strong> i<strong>de</strong>ntificación <strong>de</strong><br />
empleado(a).<br />
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