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SubaQuatica Magazine Nº12 - Agosto 2020

Número 12 de SubaQuatica Magazine, revista especializada en Buceo Comercial. Editada en castellano y con versión a papel disponible.

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(CNSST), obligación prevista en el artículo 13 de

la Ley de Prevención de Riesgos Laborales para

todos los proyectos de disposiciones de carácter

general en materia de prevención de riesgos

laborales”.

Estas acciones jurídicas se complementan

con campañas de sensibilización y concienciación

sobre la seguridad en el buceo en los distintos

canales de comunicación, así como con

reuniones de trabajo con varios grupos parlamentarios.

UN CONVENIO QUE NO CONVENCE

La publicación del Real Decreto viene a agravar

aún más las condiciones laborales de los buzos

acuícolas. El V Convenio Colectivo de Acuicultura

Nacional, aprobado en junio del pasado año, no

satisfacía las necesidades de estos profesionales.

Además de verse reducidas algunas reivindicaciones

históricas en lo que se refiere a

salarios o jornadas de trabajo, el documento no

recogía ningún aspecto en materia de seguridad

en el trabajo, dado que desde la patronal se entendía

“que el convenio no era el marco adecuado

para regular cuestiones de seguridad o

técnicas”, remitiéndose en última instancia a la

Orden Ministerial de 1997 . El nuevo RD deja a los

buzos que trabajan en las explotaciones acuícolas

“en una situación aún más precaria que antes”,

según argumenta Germán Silvestre Fondevilla,

buzo profesional y Delegado de Prevención en

Bersolaz (empresa del grupo Culmarex). “Ni el

convenio ni el Real Decreto han servido para mejorar

nuestras condiciones de seguridad”, añade

Silvestre.

Algunas de las propuestas de actualización

de equipamiento que se habían estado barajando

en el sector y que habían arrojado algo de

esperanza, se ven aún más lejanas. En este sentido,

una de las últimas aspiraciones de este colectivo

respecto a la seguridad laboral, que

suponía la incorporación del suministro desde

superficie (SDS) a esta actividad, se ve frenada

Los buzos acuícolas consideran

que ni el último

convenio colectivo ni el

Real Decreto han servido

para dar respuesta

a sus reivindicaciones

en materia de seguridad

con la ratificación del uso del SCUBA como técnica

permitida para buceo profesional. “Todo se

quedará en buenas palabras y en las promesas

de pruebas de equipos que nunca llegaron. Con

esta normativa, las empresas tienen totalmente

las espaldas cubiertas”, apostilla Silvestre.

(1).- Representantes del Subsector de Acuicultura de CCOO

han declarado a este medio que no han formado parte de

esta iniciativa del Grupo Parlamentario Republicano, en

tanto no mantienen vinculación ni adscripción política alguna

como agrupación sindical.

Buzo con suministro desde superficie limpia la red de una jaula en una explotación de cobias de Panamá mediante

cavitación. El SDS es un técnica de buceo estandarizada en la industria acuícola de varios países BRIAN SKERRY

“Esta nueva normativa supone un

paso atrás para las condiciones de

seguridad de los buzos acuícolas”

Benito Montalbán Soto

Buzo acuícola y Jefe de equipo

Este Real Decreto está plagado de ambigüedades

y da pie a interpretaciones

que, como siempre, irán en detrimento

de la seguridad de los buzos.

Seguimos buceando en autónomo, algo que

se ha demostrado muy peligroso. Ninguna de

las aportaciones que hemos podido hacer en

las mesas de trabajo han sido escuchadas. Además,

con esta nueva normativa se nos pone aún

más en situaciones de riesgo, pues se permite

trabajar con solo tres personas si la operación

es a menos de 8 metros. No creo que se puedan

hacer de forma segura con 3 personas.

Otra de las cuestiones importantes en este

sector es el de las condiciones climatológicas

y del mar, que inciden mucho en la seguridad de

los trabajos. Este Real Decreto no recoge ninguna

especificación al respecto y deja en mano

de los supervisores y de los propios buzos, la

decisión de llevarlas a cabo, siempre con la presión

de las empresas. En la Orden Ministerial

de 1997, al menos, se indicaba que no se podían

realizar inmersiones con corrientes superiores

a 3 nudos. Ahora ni siquiera se determina ese

aspecto.

A todo esto, hay que sumarle que nuestro

Convenio Colectivo no recoge ningún aspecto

en materia de seguridad. Se argumentaba que

un convenio no era el espacio indicado para ello.

Ahora que se publica un documento que tiene

que regular expresamente las normas de seguridad

en el buceo, nos vemos aún en peor situación

que antes.

www.subaquaticamagazine.es AGOSTO | 23

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