SubaQuatica Magazine Nº12 - Agosto 2020
Número 12 de SubaQuatica Magazine, revista especializada en Buceo Comercial. Editada en castellano y con versión a papel disponible.
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Editada en castellano y con versión a papel disponible.
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(CNSST), obligación prevista en el artículo 13 de
la Ley de Prevención de Riesgos Laborales para
todos los proyectos de disposiciones de carácter
general en materia de prevención de riesgos
laborales”.
Estas acciones jurídicas se complementan
con campañas de sensibilización y concienciación
sobre la seguridad en el buceo en los distintos
canales de comunicación, así como con
reuniones de trabajo con varios grupos parlamentarios.
UN CONVENIO QUE NO CONVENCE
La publicación del Real Decreto viene a agravar
aún más las condiciones laborales de los buzos
acuícolas. El V Convenio Colectivo de Acuicultura
Nacional, aprobado en junio del pasado año, no
satisfacía las necesidades de estos profesionales.
Además de verse reducidas algunas reivindicaciones
históricas en lo que se refiere a
salarios o jornadas de trabajo, el documento no
recogía ningún aspecto en materia de seguridad
en el trabajo, dado que desde la patronal se entendía
“que el convenio no era el marco adecuado
para regular cuestiones de seguridad o
técnicas”, remitiéndose en última instancia a la
Orden Ministerial de 1997 . El nuevo RD deja a los
buzos que trabajan en las explotaciones acuícolas
“en una situación aún más precaria que antes”,
según argumenta Germán Silvestre Fondevilla,
buzo profesional y Delegado de Prevención en
Bersolaz (empresa del grupo Culmarex). “Ni el
convenio ni el Real Decreto han servido para mejorar
nuestras condiciones de seguridad”, añade
Silvestre.
Algunas de las propuestas de actualización
de equipamiento que se habían estado barajando
en el sector y que habían arrojado algo de
esperanza, se ven aún más lejanas. En este sentido,
una de las últimas aspiraciones de este colectivo
respecto a la seguridad laboral, que
suponía la incorporación del suministro desde
superficie (SDS) a esta actividad, se ve frenada
Los buzos acuícolas consideran
que ni el último
convenio colectivo ni el
Real Decreto han servido
para dar respuesta
a sus reivindicaciones
en materia de seguridad
con la ratificación del uso del SCUBA como técnica
permitida para buceo profesional. “Todo se
quedará en buenas palabras y en las promesas
de pruebas de equipos que nunca llegaron. Con
esta normativa, las empresas tienen totalmente
las espaldas cubiertas”, apostilla Silvestre.
(1).- Representantes del Subsector de Acuicultura de CCOO
han declarado a este medio que no han formado parte de
esta iniciativa del Grupo Parlamentario Republicano, en
tanto no mantienen vinculación ni adscripción política alguna
como agrupación sindical.
Buzo con suministro desde superficie limpia la red de una jaula en una explotación de cobias de Panamá mediante
cavitación. El SDS es un técnica de buceo estandarizada en la industria acuícola de varios países BRIAN SKERRY
“Esta nueva normativa supone un
paso atrás para las condiciones de
seguridad de los buzos acuícolas”
Benito Montalbán Soto
Buzo acuícola y Jefe de equipo
Este Real Decreto está plagado de ambigüedades
y da pie a interpretaciones
que, como siempre, irán en detrimento
de la seguridad de los buzos.
Seguimos buceando en autónomo, algo que
se ha demostrado muy peligroso. Ninguna de
las aportaciones que hemos podido hacer en
las mesas de trabajo han sido escuchadas. Además,
con esta nueva normativa se nos pone aún
más en situaciones de riesgo, pues se permite
trabajar con solo tres personas si la operación
es a menos de 8 metros. No creo que se puedan
hacer de forma segura con 3 personas.
Otra de las cuestiones importantes en este
sector es el de las condiciones climatológicas
y del mar, que inciden mucho en la seguridad de
los trabajos. Este Real Decreto no recoge ninguna
especificación al respecto y deja en mano
de los supervisores y de los propios buzos, la
decisión de llevarlas a cabo, siempre con la presión
de las empresas. En la Orden Ministerial
de 1997, al menos, se indicaba que no se podían
realizar inmersiones con corrientes superiores
a 3 nudos. Ahora ni siquiera se determina ese
aspecto.
A todo esto, hay que sumarle que nuestro
Convenio Colectivo no recoge ningún aspecto
en materia de seguridad. Se argumentaba que
un convenio no era el espacio indicado para ello.
Ahora que se publica un documento que tiene
que regular expresamente las normas de seguridad
en el buceo, nos vemos aún en peor situación
que antes.
www.subaquaticamagazine.es AGOSTO | 23