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SALINSA - Autoría y participación en los delitos de corrupción de funcionarios

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RAMIRO SALINAS SICCHA

y en la jurisprudencia debido al incremento de investigaciones y

juzgamientos de ex sujetos públicos que han ocupado las posiciones

públicas del más alto nivel dentro del Estado, acusados de haber

cometido algún delito funcionarial, incluso, en el marco de una

organización criminal.

En este contexto, resulta prioritario conocer la dogmática de los

delitos contra la administración pública —también conocidos como

delitos de corrupción de funcionarios o de infracción de deber—, con

el fin de investigar y sancionar estos ilícitos cuando corresponda. Este

es uno de los objetivos de la investigación, pues bien sabemos que

se han construido, sistematizado y circulan diversas teorías penales

al respecto.

En efecto, por la estructura de la fórmula legislativa de los tipos

penales que recoge el Código Penal de 1991, los delitos se dividen en

delitos de dominio y de infracción de deber. Para determinar quién

es autor y quién es cómplice en los delitos de dominio en el cual han

participado más de dos personas se ha sistematizado y construido la

teoría de dominio del hecho, la que es aceptada de modo general en

la doctrina y jurisprudencia. Como se verá, esta teoría no rinde para

tal objetivo respecto de los delitos de infracción de deber. Para esta

clase de delitos, se ha construido la teoría de infracción de deber que

señala lo siguiente: responde como autor de un delito funcionarial

quien interviene en la comisión del acto ilícito infringiendo un deber

especial de carácter penal. A su vez responde en calidad de cómplice

quien también participa en la comisión del delito, pero sin infringir

deber especial alguno debido a que no es portador de él. En suma,

el tema de la investigación es la autoría y participación en los delitos

de infracción de deber.

Se precisa que los objetivos que pretendemos alcanzar con la

investigación son: (i) objetivo general, determinar la teoría dogmática

más razonable para identificar a los autores y a los cómplices en los

delitos de corrupción de funcionarios en los que intervienen más de

dos personas; (ii) objetivos específicos, identificar cuál es la naturaleza

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