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ANIMALES Y SOCIEDAD 5-2

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algo que sigue sonando para algunas

personas, podría romper con el compromiso

naciente de otros partidos

que necesitamos, mientras somos

capaces de tener nuestras propias mayorías,

porque por ahora no existe ley

aprobada por un solo partido. Eso sí,

no solo es aprobar leyes a favor de los

animales para quedar bien con una

parte de la sociedad; estas deben ser

lo más estrictas y claras posibles, sin

lugar a interpretaciones, y, así, posteriormente

poder crear jurisprudencia

bada en el año 2020, llega hasta donde

la Corte Constitucional lo permite 2 .

A pesar de que el objetivo es que todas

las formas de experimentación animal

sean eliminadas, las Altas Cortes no lo

validarán. Por eso, la creación de métodos

alternativos, contenida en esta

Ley, es la base para, ahí sí, cambiar la

jurisprudencia y llegar a la abolición a

mediano plazo.

En este sentido es innegable que el

movimiento animalista está logrando

tiespecismo por parte de congresistas

que están en contra de todo tipo de

iniciativas sobre defensa a los animales,

y es liderada, generalmente, por

sectores ganaderos y replicada por

sectores ciudadanos que se oponen a

esta agenda animalista.

En miras a las próximas elecciones, es

necesario que nos comprometamos,

además de votar de forma informada

y responsable, a posicionar de una

manera fuerte el antiespecismo para

42 que las pueda fortalecer. Por eso, el li-

influir en el Congreso, y, como era de condicionar la participación de quie-

esperar, ya existe una oposición al an-

43

tigio estratégico 1 es fundamental para

enriquecerlas y ampliar horizontes

con enfoques abolicionistas, como sucedió

con la ley de circos sin animales.

Por ejemplo, la ley que prohíbe el testeo

de cosméticos en animales, apro-

1

El litigio estratégico respecto a las normas es

una acción en la que se demanda una ley para

que las altas cortes la discutan con el fin de aclararla

o ampliarla y, así, lograr una reforma legal.

2

La Sentencia C-666 de 2010 de la Corte Constitucional

de Colombia recuerda que pueden

existir diversas fuentes de justificación para

exceptuar el deber constitucional de protección

animal en los ámbitos de: la libertad religiosa,

los hábitos alimenticios de los seres humanos,

la investigación y experimentación médica. Sin

embargo, aclara la misma Corte que esto no es

absoluto.

nes quieren postularse a cargos de

elección popular.

Fotografía cortesía de Eduardo Peña

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