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O/ 49 —<br />

siendo visitador el padre Diego ác Avellaneda, y pvovineial el padre<br />

Pedro Díaz, se admitió é hizo solemne escritura á 3 de febrero del awo<br />

de 1592. El Exmo. Sr, D. Luis de Yelasco el joven, confirmó de<br />

nuevo la licencia que habla dado D. Pedro Moj^a de Contreras, y pun.<br />

tualmente aquella misma noche se pasaron á la nueva habitación cua-<br />

tro padres, cuyos nombres conservan los manuscritos, y parece justo<br />

poner aquí, y fueron el padre Dr. Pedro de Morales, el padvc Juan San-<br />

diez, el padre Juan de Loaizag; y el padre Alonso Guillev,, con un hermano<br />

coadjutor que sirviese de sacristán y portero. Presentóse luego<br />

el padre provincial al Dr. D. Sancho Sánchez Muñoz, maestre escuela<br />

y gobernador del arzobispado, pidiendo á mayor abundamiento se sir-<br />

viese su señoría aprobar lo hecho, y mandase dar á la Compañía pose-<br />

sión jurídica del sitio y casa para la dicha fundación, como se efectuó<br />

prontamente, pasando á nuestra casa el Lie. Pablo Mateo, promotor<br />

fiscal, que en presencia de un notario, el dia 5 de febrero á las diez<br />

horas de la mañana, dio al padre provincial posesión en toda formn, y<br />

lo mismo en la pequeña Iglesia, que conforme ú la cortedad del sitio<br />

se habia dispuesto en el zaguán de la Casa, con todas las solemnidades<br />

del derecho, y pidiendo al notario el padre provincial Pedro Diaz tes-<br />

timonio de lo actuado, que se le dio luego no sin particular providencia,<br />

que le inspiró usar de todas estas formalidades, de que no habia<br />

usado la Compañía en las demás fundaciones, y que se reconocieron<br />

después muy necesarias para el ruidoso pleito que<br />

se movió en esta<br />

ocasión.<br />

En efecto, el sitio que se nos habia dado para Casa Prefesa, siendo<br />

cuasi el centro de la ciudad, vino á estar juntamente dentro délas can-<br />

nas de las tres sagradas religiones, Sto. Domingo, S. Francib:o y S.<br />

Agustín. Aunque en la fundación del colegio máximo se habia ya re-<br />

suelto este punto en favor de la Compañía, y con mayor ruido aun en<br />

la fundación de Oaxaca, de loo cuales litigios hacia expresa mención<br />

la bula Salvaíoris de nuestro Santísimo Padre Gregorio XIII, confir-<br />

mando de nuevo los privilegios que en esta parte habia concedido á la<br />

Compañía su predecesor Sixto V; sin embargo, la autoridad de las tres<br />

religiones colitigantes, hizo, como debia, mucho peso en la considera-<br />

ción de los doctos y los discretos. Las tres religiosísimas familias se<br />

presentaron, de común acuerdo, á la real audiencia, suplicando<br />

de lo<br />

proveído por el Sr. virey y gobernador del arzobispado, y pidiendo que la<br />

Compañía exhibiese las bulas y privilegios y demás documentos, en

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