(“el Fideicomiso”), que celebran - Consulta Bitácora para BMV - CNBV
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Cardel – Veracruz/Documentos de Emisión<br />
Fideicomiso Emisor v. 18-09-08(2)<br />
de la Fecha de Liquidación de la Emisión 2003, a los 4 miembros del comité técnico del<br />
Fideicomiso de Tesorería <strong>que</strong> ACCSA tiene derecho de designar en términos de la cláusula<br />
sexta, numeral 6.1., de la Tercera Modificación del Fideicomiso de Tesorería. En virtud de<br />
lo anterior, desde ahora las Partes convienen en <strong>que</strong> a partir de la Fecha de Liquidación de<br />
la Emisión 2003, los 4 miembros del comité técnico del Fideicomiso de Tesorería <strong>que</strong><br />
habían sido designados por ACCSA serán sustituidos, inicialmente, por las personas <strong>que</strong> se<br />
identifican en el Anexo ___ de este Contrato, y posteriormente, por las personas <strong>que</strong> el<br />
Fiduciario de este Fideicomiso, previas instrucciones de su Comité Técnico, de tiempo en<br />
tiempo le notifi<strong>que</strong> por escrito al fiduciario del Fideicomiso de Tesorería. Lo anterior es en<br />
el entendido <strong>que</strong> (i) los miembros del comité técnico a <strong>que</strong> este párrafo se refiere tendrán<br />
obligación de invitar a ACCSA <strong>para</strong> <strong>que</strong> asista a todas las sesiones del comité técnico del<br />
Fideicomiso de Tesorería; y (ii) siempre <strong>que</strong> se discuta cualquier cuestión relacionada con<br />
el Libramiento de Cardel y demás obras objeto de la Sexta Modificación de la Concesión<br />
(su planeación, presupuestación, construcción, dirección, supervisión, pago de<br />
estimaciones, etc..) los miembros del comité técnico a <strong>que</strong> este párrafo se refiere tendrán<br />
obligación de votar en el sentido <strong>que</strong> ACCSA les instruya a su entera discreción.<br />
En consideración de lo pactado en los dos párrafos anteriores, las Partes convienen<br />
en <strong>que</strong>, a partir de la Fecha de Liquidación de la Emisión 2003, ni ACCSA ni Banorte<br />
podrán modificar el Fideicomiso de Tesorería salvo el Fiduciario de este Fideicomiso dé su<br />
consentimiento por instrucciones del Comité Técnico.<br />
Una vez cumplidos los fines de este Fideicomiso, los Fideicomitentes readquirirán<br />
del Fiduciario los derechos <strong>que</strong> respectivamente aportan al patrimonio de este Fideicomiso,<br />
de manera <strong>que</strong> no se entenderá <strong>que</strong> existe enajenación <strong>para</strong> efectos fiscales de conformidad<br />
con lo previsto en el artículo 14 del Código Fiscal de la Federación.<br />
Cláusula Tercera. Partes.<br />
Son partes en el presente Fideicomiso:<br />
Fideicomitentes Agrupación de Compañías Constructoras de<br />
Veracruz, S.A. de C.V.<br />
Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de<br />
Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte,<br />
División Fiduciaria, en su carácter de fiduciario en<br />
el Fideicomiso de Tesorería.<br />
Fiduciario Banco Invex, S.A., Institución de Banca Múltiple,<br />
Invex Grupo Financiero, Fiduciario.<br />
Fideicomisarios Los tenedores de los Certificados Bursátiles,<br />
representados por el Representante Común.