(“el Fideicomiso”), que celebran - Consulta Bitácora para BMV - CNBV
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Cardel – Veracruz/Documentos de Emisión<br />
Fideicomiso Emisor v. 18-09-08(2)<br />
Las Partes convienen en <strong>que</strong> el Fideicomiso contará con un Comité de Emisión,<br />
cuyo régimen será el siguiente:<br />
8.1. Integración.<br />
El Comité de Emisión, estará integrado por un total de [4] miembros, [2] de los<br />
cuales serán designados por ACCSA y [2] por el Intermediario Colocador. Las<br />
designaciones deberán notificarse por escrito al Fiduciario.<br />
8.2. Funcionamiento.<br />
El Comité de Emisión podrá girar instrucciones al Fiduciario exclusivamente <strong>para</strong><br />
realizar la Emisión y sólo dentro de los temas <strong>que</strong> le competan en términos de este Contrato<br />
y su régimen será el siguiente:<br />
(i) Sesiones. El Comité de Emisión podrá sesionar en cualquier tiempo y tratar cualquier<br />
tema de su competencia.<br />
(ii) Lugar <strong>para</strong> sesionar. Salvo caso fortuito, fuerza mayor o <strong>que</strong> el Comité de Emisión<br />
acuerde lo contrario, las sesiones del Comité de Emisión serán celebradas en la<br />
Ciudad de México, Distrito Federal, en el domicilio del Intermediario Colocador.<br />
(iii) Convocatorias. Las sesiones del Comité de Emisión podrán ser convocadas por<br />
cualquiera de sus miembros y en cualquier tiempo. La convocatoria deberá hacerse<br />
por escrito entregado en el domicilio de cada miembro del Comité de Emisión, o vía<br />
fax con acuse de recibo, considerando los domicilios y números de fax señalados en<br />
el escrito de designación o sustitución de los miembros de dicho comité, con<br />
anticipación mínima de 3 (tres) Días Hábiles a la fecha en <strong>que</strong> deba celebrarse la<br />
sesión de <strong>que</strong> se trate, tratándose de primera convocatoria, y de 1 (un) Día Hábil<br />
tratándose de segunda o ulteriores convocatorias.<br />
(iv) Sesiones sin convocatoria. Si todos los miembros del Comité de Emisión estuvieren<br />
presentes en la sesión no será necesario el requisito de la convocatoria.<br />
(v) Presidente y Secretario del Comité de Emisión. Presidirá la sesión cualquiera de los<br />
miembros del Comité de Emisión designados por el Intermediario Colocador y<br />
fungirá como Secretario cualquiera de los miembros del Comité de Emisión<br />
designados por ACCSA.<br />
(vi) Actas de Comité de Emisión. De cada sesión del Comité de Emisión, el Secretario<br />
levantará un acta en la <strong>que</strong> hará constar los acuerdos <strong>que</strong> se hayan adoptado, misma<br />
<strong>que</strong> deberá ser firmada por todos los miembros del Comité de Emisión y será<br />
entregada al Fiduciario <strong>para</strong> su cumplimiento.