(“el Fideicomiso”), que celebran - Consulta Bitácora para BMV - CNBV
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(L). Cuarta Modificación de la Concesión.<br />
6<br />
Cardel – Veracruz/Documentos de Emisión<br />
Fideicomiso Emisor v. 18-09-08(2)<br />
El 20 de diciembre de 2002 la Secretaría otorgó la cuarta modificación de la<br />
Concesión, principalmente <strong>para</strong> precisar, nuevamente, las obras adicionales a ser ejecutadas<br />
por el Gobierno de Veracruz en virtud de la Concesión y fijar el programa correspondiente<br />
(“la Cuarta Modificación de la Concesión”).<br />
Copia de la Cuarta Modificación de la Concesión se adjunta a este instrumento<br />
como Anexo [*].<br />
(M). Autorización de la Secretaría <strong>para</strong> la Bursatilización.<br />
El 31 de diciembre de 2002 la Secretaría emitió un oficio por virtud del cual, <strong>para</strong><br />
permitir la emisión de los certificados de participación ordinarios, la propia Secretaría: (i)<br />
autorizó al Gobierno de Veracruz a afectar al Fideicomiso Bursátil los derechos al cobro de<br />
las cuotas de peaje derivados de la Concesión; (ii) aprobó un proyecto de convenio<br />
modificatorio del Fideicomiso de Tesorería, un proyecto del contrato constitutivo del<br />
Fideicomiso Bursátil y proyectos de contratos de prestación de servicios de mantenimiento<br />
y operación; (iii) autorizó al Gobierno de Veracruz <strong>para</strong> <strong>que</strong>, una vez <strong>que</strong> se hayan<br />
amortizado los certificados de participación ordinarios materia de la emisión, se transfieran<br />
al Fideicomiso de Tesorería los derechos derivados de la Concesión <strong>que</strong> se hayan afectado<br />
al Fideicomiso Bursátil; (iv) confirmó el criterio de <strong>que</strong> la Concesión tiene un plazo de<br />
vigencia fijo de 30 años; y (v) estableció <strong>que</strong> cualquier modificación al Fideicomiso de<br />
Tesorería o al Fideicomiso Bursátil re<strong>que</strong>rirá la aceptación previa y por escrito de la<br />
Secretaría.<br />
(N). Primera Modificación del Convenio de Coordinación.<br />
El 21 de enero de 2003 el Gobierno de Veracruz y ACCSA modificaron el<br />
Convenio de Coordinación a fin de prever las reglas <strong>que</strong> regirían sus relaciones bilaterales<br />
una vez <strong>que</strong> fuera realizada la emisión de los certificados de participación ordinarios (“la<br />
Primera Modificación del Convenio de Coordinación”).<br />
En la Primera Modificación del Convenio de Coordinación el Gobierno de Veracruz<br />
y ACCSA convinieron, entre otras cosas, <strong>que</strong> (i) la distribución mensual de los<br />
rendimientos sobre la inversión o utilidades del proyecto, así como la distribución de los<br />
recursos líquidos y demás bienes provenientes del Fideicomiso Bursátil, se deberían<br />
realizar en todo momento con base en los términos pactados en el Fideicomiso de<br />
Tesorería, correspondiendo el 39% al Gobierno de Veracruz y el 61% a ACCSA hasta el 6<br />
de octubre de 2023; (ii) habiendo obtenido la autorización de la Secretaría, el Gobierno del<br />
Estado afectaría al Fideicomiso Bursátil los derechos de cobro de peajes; (iii) el<br />
Fideicomiso Bursátil debería emitir certificados de participación ordinarios amortizables<br />
hasta por un monto total de $700’050,000.00 M.N. (Setecientos millones cincuenta mil