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(“el Fideicomiso”), que celebran - Consulta Bitácora para BMV - CNBV

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(L). Cuarta Modificación de la Concesión.<br />

6<br />

Cardel – Veracruz/Documentos de Emisión<br />

Fideicomiso Emisor v. 18-09-08(2)<br />

El 20 de diciembre de 2002 la Secretaría otorgó la cuarta modificación de la<br />

Concesión, principalmente <strong>para</strong> precisar, nuevamente, las obras adicionales a ser ejecutadas<br />

por el Gobierno de Veracruz en virtud de la Concesión y fijar el programa correspondiente<br />

(“la Cuarta Modificación de la Concesión”).<br />

Copia de la Cuarta Modificación de la Concesión se adjunta a este instrumento<br />

como Anexo [*].<br />

(M). Autorización de la Secretaría <strong>para</strong> la Bursatilización.<br />

El 31 de diciembre de 2002 la Secretaría emitió un oficio por virtud del cual, <strong>para</strong><br />

permitir la emisión de los certificados de participación ordinarios, la propia Secretaría: (i)<br />

autorizó al Gobierno de Veracruz a afectar al Fideicomiso Bursátil los derechos al cobro de<br />

las cuotas de peaje derivados de la Concesión; (ii) aprobó un proyecto de convenio<br />

modificatorio del Fideicomiso de Tesorería, un proyecto del contrato constitutivo del<br />

Fideicomiso Bursátil y proyectos de contratos de prestación de servicios de mantenimiento<br />

y operación; (iii) autorizó al Gobierno de Veracruz <strong>para</strong> <strong>que</strong>, una vez <strong>que</strong> se hayan<br />

amortizado los certificados de participación ordinarios materia de la emisión, se transfieran<br />

al Fideicomiso de Tesorería los derechos derivados de la Concesión <strong>que</strong> se hayan afectado<br />

al Fideicomiso Bursátil; (iv) confirmó el criterio de <strong>que</strong> la Concesión tiene un plazo de<br />

vigencia fijo de 30 años; y (v) estableció <strong>que</strong> cualquier modificación al Fideicomiso de<br />

Tesorería o al Fideicomiso Bursátil re<strong>que</strong>rirá la aceptación previa y por escrito de la<br />

Secretaría.<br />

(N). Primera Modificación del Convenio de Coordinación.<br />

El 21 de enero de 2003 el Gobierno de Veracruz y ACCSA modificaron el<br />

Convenio de Coordinación a fin de prever las reglas <strong>que</strong> regirían sus relaciones bilaterales<br />

una vez <strong>que</strong> fuera realizada la emisión de los certificados de participación ordinarios (“la<br />

Primera Modificación del Convenio de Coordinación”).<br />

En la Primera Modificación del Convenio de Coordinación el Gobierno de Veracruz<br />

y ACCSA convinieron, entre otras cosas, <strong>que</strong> (i) la distribución mensual de los<br />

rendimientos sobre la inversión o utilidades del proyecto, así como la distribución de los<br />

recursos líquidos y demás bienes provenientes del Fideicomiso Bursátil, se deberían<br />

realizar en todo momento con base en los términos pactados en el Fideicomiso de<br />

Tesorería, correspondiendo el 39% al Gobierno de Veracruz y el 61% a ACCSA hasta el 6<br />

de octubre de 2023; (ii) habiendo obtenido la autorización de la Secretaría, el Gobierno del<br />

Estado afectaría al Fideicomiso Bursátil los derechos de cobro de peajes; (iii) el<br />

Fideicomiso Bursátil debería emitir certificados de participación ordinarios amortizables<br />

hasta por un monto total de $700’050,000.00 M.N. (Setecientos millones cincuenta mil

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