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Caso Scala.pdf - Virus Editorial

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CASO SCALA. TERRORISMO DE ESTADO Y ALGO MÁS<br />

se podría decir que especialmente escogidos para tan maravilloso proyecto<br />

socialista.<br />

Lo único cierto era que por la mañana, durante los primeros meses,<br />

funcionaron un taller de fotografía, otro de teatro y otro de relajación.<br />

Sólo se nos permitía ver la televisión dos horas al día por la tarde, y a<br />

veces ni eso.<br />

En segundo grado no había permisos de salida, y para acceder al tercer<br />

grado era obligatorio matricularse en una academia nada barata de<br />

Ocaña, propiedad del hermano del director de la cárcel.<br />

Recurrir sanciones ante el juez de Vigilancia Penitenciaria de Ocaña<br />

no tenía ningún sentido, era el cuñado del director de la cárcel; y recurrirlas<br />

ante la Dirección General de Prisones (Madrid) tampoco, porque<br />

las instancias no salían de la prisión.<br />

El correo, dos cartas por semana, tenías que entregarlo abierto y el<br />

que recibías de la calle lo abrían, sin permiso judicial, y si las cartas no<br />

estaban escritas en español, no te las entregaban. Si recibías por correo<br />

alguna foto de tu novia o tu mujer en la que se viera algo más de cuerpo<br />

que las manos y la cara, te la requisaban automáticamente.<br />

Aquel moderno penal lo utilizaban los «socialistas» para mostrar a<br />

los penitenciaristas extranjeros los modernos avances de las prisiones<br />

españolas.<br />

Una vez, en un registro, me encontraron un porro liado y me sancionaron<br />

con una «falta muy grave»: 14 fines de semana de aislamiento<br />

—todo por no chivarme de quién me había pasado el porro— y la tácita<br />

imposibilidad de acceder al tercer grado, aunque me matriculase en<br />

la academia del cuñado; en cualquier otra prisión simplemente me lo<br />

hubiesen requisado.<br />

Entrar en aquella cárcel era relativamente fácil, te habías ofrecido voluntario<br />

para una experiencia piloto de tan novedoso proyecto «socialista»,<br />

que siempre entendieron la reinserción como exterminio y anulación<br />

de la personalidad, del mismo modo que sus antecesores fascistas.<br />

Pero finalmente, a los nueve meses, conseguí salir de aquel infierno,<br />

evidentemente con la ayuda de mi madre.<br />

Me trasladaron de nuevo a Carabanchel, donde pasé algunos meses,<br />

y de allí a la Prisión Provincial de Lérida.<br />

72<br />

73<br />

PUNTO DE INFLEXIÓN<br />

En diciembre de 1984, el Consejo de Ministros del PSOE volvió a<br />

denegarnos la petición de indulto particular.<br />

Por aquella época, compañeros cenetistas intentaron fraguar con el<br />

Gobierno del PSOE una «Ley de Arrepentimiento» para los presos<br />

anarquistas, cosa que un año atrás había conseguido Euskadiko Ezkerra<br />

de manos del abogado Luis María Bandrés y que supuso la excarcelación<br />

de casi todos los presos y presas de ETA (político-militar). Pero<br />

los anarquistas presos nos negamos en rotundo a arrepentirnos de nada,<br />

excepto algunos de la FIGA, adscrita a la CGT; dicho acuerdo no llegó a<br />

buen fin por nuestra negativa.<br />

X<br />

A finales de 1984, y estando preso en la Prisión Provincial de Lérida,<br />

clasificado en segundo grado penitenciario desde hacía tres años, solicito<br />

un permiso de salida.<br />

La Junta de Tratamiento de la prisión deniega la petición aduciendo<br />

que debo permanecer un año sin permisos ni redenciones de pena por<br />

trabajo, debido a la sanción «muy grave» (un porro) que me habían impuesto<br />

en el penal de Ocaña II.<br />

Recurro la decisión ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de<br />

Barcelona que entonces se hacía cargo de todas las prisiones catalanas.<br />

El magistrado juez, Sr. Antonio Doñate, no sólo ordena al aquipo de<br />

tratamiento de la prisión que me conceda el permiso de salida, sino que<br />

además retira la sanción «muy grave» de Ocaña II y todas las sanciones<br />

que me han sido impuestas durante toda la estancia en prisión, al considerar<br />

que en aquellos tiempos de lucha carcelaria, la única opción que<br />

teníamos los presos eran las huelgas de hambre, los cortes de venas, los<br />

plantes y los intentos de evasión, con lo cual sienta precedente jurídico<br />

y me concede la «redención de pena por trabajo» desde mi primer día de<br />

ingreso en prisión.<br />

En esos momentos ya estaban en la prisión de Lérida Arturo, Pepe y<br />

José —un compañero de Grupos Autónomos de Barcelona—.<br />

Con la «redención de pena por trabajo» concedida desde el principio

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