Caso Scala.pdf - Virus Editorial
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CASO SCALA. TERRORISMO DE ESTADO Y ALGO MÁS<br />
que va a durar el juicio, dos terceras partes de la Sala de Actos —donde se<br />
celebra el juicio— está ocupada por policía secreta.<br />
Miles de pasquines por todas las calles proclaman la inocencia de los<br />
acusados, exigen su libertad y denuncian el montaje policial que se esconde<br />
detrás del caso. Pese al despliegue policial, delante de los Juzgados se produce<br />
una numerosa manifestación que de inmediato se convierte en batalla<br />
campal. Los enfrentamientos entre libertarios y policías duran hasta bien<br />
entrada la noche y dejan un saldo de una treintena de detenidos.<br />
El juicio duró cuatro días en sesiones de mañana y tarde.<br />
Es importante reseñar que el fiscal Alejandro del Toro, tal como él<br />
mismo reconoció posteriormente, ante la evidente insuficiencia de pruebas<br />
(una pistola de plástico y una lata de gasolina vacía), la falta absoluta<br />
de testigos, la ausencia bochornosa de Gambín y las dudas que existían<br />
sobre cómo unos cócteles molotov habían podido destruir un edificio<br />
como aquél, no tuvo más remedio que rebajar la petición fiscal, que quedó<br />
de la siguiente manera:<br />
A José Cuevas y Francisco Javier Cañadas: 3 años de prisión menor respectivamente<br />
por fabricación de explosivos.<br />
A Arturo Palma: 2 años de prisión menor por fabricación de explosivos.<br />
A José, Francisco Javier y Arturo: 3 años por participar con armas en<br />
una manifestación.<br />
A José, Francisco Javier y Arturo: 7 años por estragos.<br />
A Luis: 6 meses de arresto mayor.<br />
A Rosa, como encubridora: 6 meses de arresto mayor.<br />
A José, Francisco Javier y Arturo: 2 años de prisión por homicidio involuntario.<br />
A Luis, como cómplice de homicidio involuntario: 2 años de arresto.<br />
A Rosa: cuatro penas de multa.<br />
De la petición inicial del Ministerio Fiscal a la petición tras la vista oral,<br />
hay una gran diferencia que, aun así, sigue sin tener sentido, por la falta<br />
absoluta de pruebas, de los 309 años y 3 meses iniciales, se pasa a 47 años<br />
y cuatro penas de multa.<br />
Contra escándalos y protestas, el juicio continúa y el 8 de diciembre de<br />
1980 se hace pública la sentencia. El Tribunal, presidido por el juez Alfonso<br />
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101<br />
EL MONTAJE SE DESMORONA<br />
Hernández y asistido por los magistrados Xavier O’Callaghan y Ángel de<br />
Prada, califica los hechos como un delito de imprudencia con resultado de<br />
cuatro muertes.<br />
Las condenas impuestas fueron las siguientes:<br />
A José, Francisco Javier y Arturo: 1 año por fabricación de explosivos.<br />
A José, Francisco Javier y Arturo: 3 años por transporte de explosivos.<br />
A José, Francisco Javier y Arturo: 6 años por imprudencia temeraria.<br />
A Luis: 6 meses por imprudencia temeraria.<br />
A José, Francisco Javier y Arturo: 7 años por estragos con causa de<br />
muertes.<br />
A Luis: cuatro penas de seis meses por estragos con causa de muertes.<br />
A M.ª Rosa: 5 meses como encubridora.<br />
Además de las penas carcelarias, se les impuso la obligación de indemnizar<br />
a los dueños de la Sala de Fiestas con 288 millones de pesetas y a las<br />
familias de las víctimas con 5 millones. Siempre resulta curioso el criterio<br />
que aplica la justicia para valorar la propiedad y la vida.<br />
La CNT protestó enérgicamente contra la sentencia.<br />
Los acusados José Cuevas, Francisco Javier Cañadas y Arturo Palma, a<br />
través de sus abogados defensores, recurrieron la sentencia ante el Tribunal<br />
Supremo por más de quinientos defectos de ley y de forma en la sentencia.<br />
Un año después, el Tribunal Supremo, denegaba el recurso.<br />
Finalmente los tres, tras cuatro años de prisión preventiva, estaban definitivamente<br />
condenados.<br />
El canto del Grillo<br />
El Tribunal terminó su labor pero el caso siguió abierto. El 15 de diciembre<br />
de 1980, siete días después de hacerse pública la sentencia, la revista Cambio<br />
16 publica una entrevista a Gambín. Después se sabría que la entrevista<br />
fue realizada tiempo atrás y que su publicación se había retrasado<br />
hasta la finalización del juicio.<br />
En esa entrevista, Gambín no aclaraba nada, simplemente dice que no<br />
es confidente de la policía y que no tiene nada que ver con el atentado y<br />
achaca su extraña puesta en libertad en noviembre de 1980 desde la<br />
prisión de Elche a un simple error burocrático sin ninguna significación.