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Caso Scala.pdf - Virus Editorial

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CASO SCALA. TERRORISMO DE ESTADO Y ALGO MÁS<br />

do la competencia. A últimos de junio de 1979 la Audiencia Nacional remitió<br />

el sumario y su informe a Barcelona, y la Sección Tercera de Barcelona,<br />

también con su informe, remitió las actuaciones al Tribunal Supremo, al<br />

objeto de que dicho Tribunal dictaminara con respecto a cuál debía ser la<br />

Audiencia competente para entender el sumario «<strong>Scala</strong>».<br />

Todos los procesados que se hallaban en la cárcel, con fecha 27 de junio<br />

de 1979, formularon denuncia ante la Inspección de Tribunales en Madrid,<br />

porque llevando un año y medio en situación de prisión preventiva, aún no<br />

se sabía cuál iba a ser el Tribunal que los juzgara.<br />

Esta situación es resuelta a principios de 1980 dictaminando el Tribunal<br />

Supremo que debe ser la Audiencia Provincial de Barcelona la encargada<br />

del sumario.<br />

Los presos han pasado por una serie de irregularidades, no ya sólo de<br />

saberse encarcelados durante dos años y no conocer ni por quién ni cuándo<br />

iban a ser juzgados, sino que incluso, siendo presos preventivos, han<br />

pasado por centros de reclusión de cumplimiento de pena.<br />

Ningún juez ha querido hacerse cargo del caso. ¿Por qué? La respuesta<br />

está clara: el sumario es una farsa, los acusados son inocentes.<br />

Peticiones fiscales<br />

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones provisionales, solicita para los acusados<br />

las siguientes penas (el entrecomillado pertenece textualmente al<br />

escrito del Fiscal).<br />

«Los hechos por los que se juzga a los encausados constituyen: un delito<br />

de fabricación y transporte de explosivos (art. 264 del C.P.), un delito de<br />

concurrencia a manifestación con explosivos (art. 171), un delito de estragos<br />

(art. 554) y cuatro delitos de homicidio (art. 407).<br />

[...] Por lo que se considera autores de los delitos del art. 264 y 171 a<br />

José Cuevas, M.ª Rosa López, Francisco J. Cañadas, M.ª Pilar Álvarez y Arturo<br />

Palma.<br />

Autores de los delitos del art. 554 y 407 los procesados José Cuevas,<br />

Francisco J. Cañadas, Arturo Palma y Luis Muñoz; encubridora del art. 17-<br />

2.º de estos cinco últimos delitos a la procesada M.ª Rosa López.<br />

Concurre la circunstancia 3.ª del artículo 9.º en el procesado Luis<br />

Muñoz.<br />

92<br />

93<br />

EL MONTAJE SE DESMORONA<br />

Procede imponer:<br />

– Por el delito del art. 264: OCHO AÑOS de prisión MAYOR, y<br />

– Por el delito del art. 171: TRES AÑOS de prisión MENOR, ello a CADA<br />

UNO de los procesados, Cuevas, López, Cañadas, Álvarez y Palma, con el<br />

límite del art. 70-2.ª. Accesorias y costas correspondientes.<br />

– Por el delito del art. 554: NUEVE AÑOS de presidio MAYOR, y<br />

– Por cada delito del art. 407: QUINCE AÑOS de reclusión MENOR, ello a<br />

cada uno de los procesados Cuevas, Cañadas y Palma, con el límite del art.<br />

70-2.ª. Accesorias y costas correspondientes.<br />

– Al procesado Muñoz: TRES AÑOS de presidio MENOR por el delito de<br />

estragos y NUEVE AÑOS de prisión MAYOR por cada delito de homicidio.<br />

– A la procesada M.ª Rosa López: Tres meses de arresto mayor por el encubrimiento<br />

de estragos, y DOS AÑOS de prisión MENOR por cada uno de los<br />

encubrimientos de homicidio, con el límite del art. 70-2.ª. Accesorias y costas.<br />

– Responsabilidad Civil: Cuevas, Cañadas, Palma y Muñoz indemnizarán<br />

con cinco millones de pesetas a los herederos de los perjudicados Ramón<br />

Egea, Bernabé Bravo, Juan López y Diego Montoro. Igualmente indemnizarán<br />

por daños 489.589.625 pesetas a “Producciones <strong>Scala</strong>, S.A”., correspondiéndole<br />

la parte relativa a solar y estructuras a Luis Bonis Isern y<br />

380.000 pesetas a las comunidades de propietarios de los inmuebles n.º<br />

396 de la C/ Consejo de Ciento y n.º 45 del Paseo de San Juan.»<br />

De este modo, el Ministerio Fiscal solicita:<br />

80 años para Javier Cañadas.<br />

80 años para José Cuevas.<br />

80 años para Arturo Palma.<br />

39 años para Luis Muñoz.<br />

11 años para Pilar Álvarez, y<br />

19 años y 3 meses para M.ª Rosa López.<br />

Un total de 309 años y 3 meses de prisión.<br />

Conclusiones provisionales de la defensa<br />

La defensa, en sus conclusiones provisionales, solicita de los acusados lo<br />

siguiente:

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